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28 de marzo 2026 - 06:00

Suprema Corte falla en contra del ISSSTE y este requisito deja de ser obligatorio a partir de ahora

Descubre qué determinó la Corte Suprema mexicana y cómo afectará a los afiliados del organismo.

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La Corte Suprema falló en contra del ISSSTE: qué requisito deja de ser obligatorio a partir de ahora

La Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió un fallo que marca un antes y un después para los trabajadores del Estado en México. En una decisión que impacta directamente los trámites de retiro, el máximo tribunal resolvió en contra del ISSSTE al eliminar un requisito que durante años generó complicaciones administrativas y legales.

Este cambio representa un alivio para miles de personas que buscan acceder a su pensión sin enfrentar obstáculos burocráticos innecesarios. A partir de ahora, se redefine la forma en que los trabajadores pueden validar su elección de régimen pensionario, privilegiando la voluntad expresa sobre formalismos excesivos.

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Además, el fallo no solo simplifica los procesos, sino que también establece un criterio claro y obligatorio para tribunales y autoridades. La resolución busca evitar interpretaciones contradictorias que anteriormente podían derivar en la anulación de decisiones legítimas, generando incertidumbre entre los afiliados.

Adiós a la huella biométrica: la resolución de la Justicia mexicana

La Corte Suprema ISSSTE determinó que la firma autógrafa es suficiente para validar la elección del régimen pensionario. Esto significa que la huella digital deja de ser un requisito obligatorio, siempre que el documento cuente con una firma reconocida del trabajador.

En la jurisprudencia aprobada, el tribunal estableció que la ausencia de huella digital no puede ser motivo para invalidar la decisión del afiliado. Este nuevo criterio pone fin a prácticas administrativas que, en muchos casos, impedían concretar el trámite de pensión por cuestiones meramente formales.

El fundamento central del fallo es que la firma autógrafa validez legal permite demostrar de manera clara la voluntad del trabajador. Según la Corte, este elemento es suficiente para acreditar la elección del régimen pensionario, ya sea bajo el esquema del artículo Décimo Transitorio o el sistema de cuentas individuales.

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Otro punto clave es que la resolución unifica criterios que antes eran contradictorios en tribunales inferiores. Con ello, se fortalece el derecho de opción pensionaria y se agilizan los procesos, reduciendo la carga burocrática para los trabajadores del Estado.

La Corte también dejó claro que la elección del régimen es definitiva. Una vez realizada conforme a los requisitos legales, esta decisión es irrenunciable y no puede modificarse. Esto brinda mayor certeza jurídica a quienes están en proceso de retiro o planean su futuro financiero.

En este nuevo escenario, la huella digital pasa a ser un requisito alternativo. Solo será necesaria en casos donde la persona no sepa o no pueda firmar. De esta manera, se delimita su uso y se elimina su carácter obligatorio en la mayoría de los trámites.

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