En una decisión que blinda las finanzas del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) frente a una doble carga prestacional, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha emitido un fallo definitivo: los trabajadores del propio Instituto no tienen derecho a recibir simultáneamente la pensión por jubilación (contractual) y la pensión de vejez (legal).
Suprema Corte falla a favor del IMSS y elimina esta pensión para millones de trabajadores mexicanos
La Segunda Sala pone fin a la duplicidad de pagos. El Máximo Tribunal determina que los empleados del Seguro Social no pueden cobrar su jubilación sindical y, al mismo tiempo, la pensión de vejez, pues la primera ya cubre y supera a la segunda.
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Fallo clave de la Suprema Corte para evitar duplicidad de pensiones.
La resolución, emanada de la Segunda Sala, establece un criterio contundente: el esquema de jubilaciones pactado entre el IMSS y su sindicato (SNTSS) es tan robusto que ya incorpora implícitamente el beneficio de la vejez, garantizando la subsistencia económica del retiro sin necesidad de duplicar el pago.
El conflicto legal surgió porque trabajadores del IMSS, en su doble carácter de empleados y asegurados, reclamaban el pago de dos conceptos distintos al momento del retiro:
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La Jubilación por Años de Servicio: Estipulada en el Contrato Colectivo de Trabajo (RJP).
La Pensión de Vejez: Estipulada en la Ley del Seguro Social.
Sin embargo, la Corte analizó el Régimen de Jubilaciones y Pensiones (RJP) y determinó que este es de carácter "extralegal"; es decir, otorga beneficios muy superiores a los que marca la ley para el resto de los trabajadores mexicanos. Por lo tanto, permitir el cobro de ambas sería una duplicidad injustificada financiada por el mismo patrón (el Instituto).
El argumento de la Suprema Corte: un "Beneficio Superior"
Bajo la ponencia de la ministra Yasmín Esquivel Mossa, y aprobado por unanimidad (con la ausencia del ministro Luis María Aguilar Morales), el tribunal explicó que no existe vulneración al derecho a la seguridad social al negar la doble pensión.
"La jubilación por años de servicios se integra con la pensión de vejez, más las ayudas asistenciales y/o asignaciones familiares, otorgando un beneficio superior", se lee en la sentencia del Amparo directo en revisión 5192/2024.
La Corte subrayó que el contrato colectivo concede "mejores derechos y prerrogativas". Al recibir la jubilación sindical, el trabajador ya tiene cubiertas sus necesidades de subsistencia con un monto más alto que el promedio, por lo que el IMSS solo está obligado a cubrir la diferencia para alcanzar ese monto superior, y no a sumar ambas cantidades íntegramente.
Blindaje a las finanzas del IMSS
Este fallo (comunicado No. 322/2024) es un respiro para la viabilidad financiera del IMSS como empleador. La Corte concluyó que la jubilación contractual "complementa" y absorbe los beneficios de la Ley del Seguro Social.
En resumen, el trabajador del IMSS sigue estando mejor protegido que el trabajador promedio, pero la Corte ha cerrado la puerta a la interpretación que permitía cobrar dos cheques por el mismo concepto de retiro.



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