9 de diciembre 2025 - 10:09

Suprema Corte falla a favor de millones de mexicanos y anula el cobro de impuestos en 4 estados: en qué ahorrarás dinero a partir de ahora

El máximo tribunal invalidó múltiples tarifas e impuestos incluidos en las leyes de ingresos para 2025

Suprema Corte elimina cobros indebidos.

Suprema Corte elimina cobros indebidos.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio un golpe contundente contra cobros indebidos y prácticas arbitrarias implementadas por municipios de al menos cuatro estados del país, al invalidar múltiples tarifas e impuestos incluidos en las leyes de ingresos para 2025. La resolución, aprobada por el Pleno, beneficia de manera directa a millones de mexicanos, quienes dejarán de pagar cuotas consideradas inconstitucionales, desproporcionadas o discriminatorias.

El máximo tribunal recordó que ningún gobierno local puede imponer contribuciones que violen los principios constitucionales de legalidad, proporcionalidad, equidad, seguridad jurídica e igualdad, criterios que fueron pasados por alto en los casos analizados. La decisión alcanza municipios de Durango, Puebla, Oaxaca, Chihuahua, Tlaxcala, Quintana Roo, Coahuila y Guerrero.

NUEVO SCJN

Se eliminan cobros por copias, certificaciones y acceso a información pública

Uno de los fallos más relevantes fue contra cuotas por búsqueda de información, copias certificadas y reproducción de documentos que no estaban vinculadas al derecho de acceso a la información pública. Estos cobros, vigentes en municipios de Durango, Puebla, Oaxaca y Chihuahua, fueron considerados excesivos y sin sustento técnico.

La Corte enfatizó que la información pública debe ser gratuita, por lo que también declaró inválidos los cobros por certificaciones relacionadas con solicitudes de transparencia en Puebla y Chihuahua.

Puebla: adiós a tarifas por copias, grabaciones y acceso virtual a audiencias

En el caso de Puebla, la SCJN anuló cuotas por:

  • Copias simples de leyes o publicaciones agotadas

  • Grabación de audiencias en DVD o USB

  • Acceso virtual a audiencias judiciales

Los ministros consideraron que estos pagos eran arbitrarios y que no correspondían al costo real de materiales o servicios, afectando la seguridad jurídica de los ciudadanos.

Golpe a cobros indebidos de alumbrado público y agua potable

En Quintana Roo, la Corte invalidó el esquema de cobro de alumbrado público que se calculaba como un porcentaje del consumo eléctrico registrado por la CFE. El modelo, además de incierto, convertía el pago en un impuesto disfrazado, lo cual está prohibido por la Constitución.

En Oaxaca, se anularon también tarifas por alumbrado público que incluían elementos ajenos al costo real del servicio.

En Tlaxcala, un municipio vio invalidado su cobro por agua potable debido a que las categorías para fijar la tarifa no se basaban en criterios objetivos ni permitían calcular el costo individualizado del servicio.

Se caen multas y sanciones ambiguas o discriminatorias

La SCJN también eliminó multas en municipios de Oaxaca y Chihuahua por actividades sociales en espacios públicos o eventos en bibliotecas sin autorización, al considerar que restringían la libre circulación sin justificación clara.

Otras sanciones como “insultar a las autoridades”, “contenidos ofensivos”, “no guardar respeto” o “escandalizar en vía pública” fueron anuladas por ser vagas, subjetivas y violar la seguridad jurídica.

En Oaxaca, además, se eliminaron multas a establecimientos que vendían alcohol a personas “con deficiencias mentales”, un criterio discriminatorio que negaba la capacidad jurídica.

Fin a tarifas injustas para trabajadoras sexuales y personas detenidas

En Oaxaca de Juárez, la Corte declaró inconstitucional la tarifa diferenciada para trabajadoras sexuales que solicitaban una consulta médica, dependiendo del lugar donde ejercían su actividad. Al tratarse del mismo servicio de salud, no había justificación para un trato desigual.

Asimismo, se invalidaron cobros más altos por certificados médicos para personas detenidas en comparación con el público general, lo cual violaba los principios de igualdad y no discriminación.

Adiós a cobros por licencias relacionadas con hidrocarburos y perforación de pozos

Finalmente, el Pleno anuló tarifas en municipios de Chihuahua, Coahuila y Guerrero relacionadas con la autorización de edificaciones energéticas y de hidrocarburos, al invadir competencias exclusivas del Congreso de la Unión.

También quedaron sin efecto cobros por perforación de pozos en Chihuahua y Guerrero, al carecer de sustento constitucional.

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