Un reciente fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación encendió la alarma entre miles de pensionados del país, luego de establecer un criterio que limita el acceso simultáneo a ciertos beneficios del sistema de seguridad social. La decisión impacta directamente a beneficiarios del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), especialmente a quienes buscaban cobrar más de una pensión derivada del fallecimiento de un trabajador.
Suprema Corte golpea a pensionados del ISSSTE: quienes pierden parte de su ingreso mensual tras fallo histórico
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Suprema Corte golpea a pensionados del ISSSTE: quienes pierden parte de su ingreso mensual tras fallo histórico
La resolución, considerada histórica por especialistas, establece que no es posible recibir al mismo tiempo una pensión por viudez y otra por riesgo de trabajo si ambas se originan por la muerte de la misma persona asegurada. Con este fallo, la Suprema Corte fija un precedente obligatorio que redefine el alcance de los derechos pensionarios en México.
El impacto es significativo porque este criterio podría aplicarse a casos similares en todo el país, afectando a pensionados que esperaban obtener ingresos adicionales bajo distintos conceptos. La decisión busca preservar la sostenibilidad financiera del sistema, pero también ha generado preocupación entre quienes dependen de estos recursos para su subsistencia.
Doble pensión en ISSSTE: el caso en el que falló la Suprema Corte
El conflicto se originó cuando una mujer, que ya recibía una pensión por viudez del ISSSTE, solicitó una segunda pensión por riesgo de trabajo tras el fallecimiento de su concubino. La petición fue rechazada por la autoridad administrativa, lo que llevó a la solicitante a iniciar un proceso legal para intentar revertir la negativa.
El caso escaló hasta la Suprema Corte, que analizó el alcance del artículo 67 de la Ley del ISSSTE. En su resolución, el máximo tribunal concluyó que la legislación permite otorgar una pensión por causa de muerte, pero no autoriza duplicar este beneficio bajo diferentes modalidades cuando el origen es el mismo fallecimiento.
La Corte determinó que la negativa del ISSSTE fue legal y se ajustó al marco normativo vigente desde la reforma de 2007. Los ministros consideraron que el sistema de pensiones está diseñado para brindar protección económica a los familiares del trabajador fallecido, pero no contempla la acumulación de prestaciones que surjan del mismo hecho generador.
Este criterio quedó establecido tras la resolución del Amparo en Revisión 357/2025, dictado el 10 de febrero de 2026 por el Pleno del tribunal, lo que convierte esta interpretación en obligatoria para casos similares.
Doble pensión en ISSSTE: los argumentos de la Suprema Corte para casos similares
En su argumentación, la Suprema Corte señaló que tanto la pensión por viudez como la pensión por riesgo de trabajo tienen el mismo objetivo: garantizar la protección económica de la familia tras la muerte del trabajador. Por ello, permitir ambas prestaciones simultáneamente implicaría duplicar un beneficio que cumple una misma función.
El tribunal también fundamentó su decisión en el artículo 123 de la Constitución mexicana, el cual establece que el sistema de seguridad social debe garantizar condiciones dignas sin comprometer la viabilidad financiera de las instituciones públicas.
Otro punto relevante fue la aclaración de que la solicitante no tenía un derecho adquirido sobre la segunda pensión, sino únicamente una expectativa de derecho. Por lo tanto, la negativa del ISSSTE no constituyó un acto arbitrario ni violó sus garantías constitucionales, ya que la persona afectada tuvo acceso a los mecanismos legales para impugnar la decisión.
Además, la Corte enfatizó que permitir la acumulación de pensiones por un mismo hecho podría poner en riesgo el equilibrio financiero del sistema, afectando su capacidad de atender a todos los beneficiarios.



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