20 de febrero 2026 - 09:00

Suprema Corte le prohíbe a todos los pensionados del ISSSTE hacer esto: no hay marcha atrás

Suprema Corte prohíbe a pensionados del ISSSTE cambiar de régimen: la decisión es definitiva y no admite recursos legales.

 Suprema Corte le prohíbe a todos los pensionados del ISSSTE hacer esto: no hay marcha atrás

 Suprema Corte le prohíbe a todos los pensionados del ISSSTE hacer esto: no hay marcha atrás

El ISSSTE enfrenta un momento clave en materia pensionaria luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitiera una resolución definitiva que impacta directamente a miles de trabajadores y jubilados del Estado. El fallo confirma que la elección del régimen de pensión realizada tras la reforma de 2007 es irrevocable.

La decisión responde a una controversia legal impulsada por trabajadores que buscaban cambiarse del esquema de cuentas individuales al régimen del Décimo Transitorio. Sin embargo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la selección hecha en su momento —o la asignación automática por no manifestar elección— es definitiva y no admite modificaciones.

El origen del conflicto se remonta a la reforma publicada el 31 de marzo de 2007, cuando el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado transformó su sistema de pensiones. El cambio sustituyó el modelo tradicional de reparto por uno de cuentas individuales, con el objetivo de garantizar sostenibilidad financiera ante el aumento en la esperanza de vida y el déficit actuarial.

ISSSTE: la resolución de la Suprema Corte contra los pensionados ISSSTE

La Segunda Sala de la Suprema Corte analizó el Amparo en Revisión 292/2024, promovido por un trabajador que intentó revertir su régimen pensionario. El argumento central era que la negativa del Instituto vulneraba derechos sociales. No obstante, el máximo tribunal concluyó que la restricción es constitucional.

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 Suprema Corte le prohíbe a todos los pensionados del ISSSTE hacer esto: no hay marcha atrás

Suprema Corte le prohíbe a todos los pensionados del ISSSTE hacer esto: no hay marcha atrás

En su resolución, la Corte recordó que el artículo Séptimo Transitorio de la reforma estableció un plazo de seis meses, a partir de enero de 2008, para que los trabajadores activos eligieran entre el régimen del Décimo Transitorio o el sistema de cuentas individuales. La norma fue clara al señalar que la decisión tendría carácter permanente e inmodificable.

El fallo enfatiza que no se trata de una violación al derecho a la seguridad social. La Suprema Corte sostuvo que ambos esquemas garantizan acceso a pensión y servicios médicos, aunque bajo reglas distintas de cálculo, edad de retiro y financiamiento. Por tanto, no existe una afectación directa al derecho humano a la protección social.

Uno de los argumentos clave fue la incompatibilidad financiera entre los modelos. Permitir que los trabajadores cambien libremente de régimen implicaría un desequilibrio presupuestal para el Estado, ya que el sistema de reparto y el de cuentas individuales operan con lógicas actuariales distintas.

La Corte también diferenció entre la imprescriptibilidad del derecho a recibir una pensión y la temporalidad para elegir el régimen administrativo. Mientras el derecho a pensionarse no caduca, la oportunidad de optar por un sistema sí estaba sujeta a un plazo legal que debía respetarse.

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 Suprema Corte le prohíbe a todos los pensionados del ISSSTE hacer esto: no hay marcha atrás

Suprema Corte le prohíbe a todos los pensionados del ISSSTE hacer esto: no hay marcha atrás

En términos prácticos, esto significa que ningún trabajador o pensionado del ISSSTE puede cambiar hoy el régimen que le fue asignado en 2008. Si en ese momento no manifestó su voluntad por escrito, la asignación automática quedó firme y no existe vía judicial para revertirla.

Para los afiliados actuales, el mensaje es contundente: deben planear su retiro con base en las reglas del esquema en el que se encuentran inscritos. En el caso de cuentas individuales, el monto dependerá del ahorro acumulado y rendimientos; en el Décimo Transitorio, se aplican fórmulas distintas vinculadas a salario y años de servicio.

Especialistas en economía pública señalan que la sentencia brinda certeza jurídica y estabilidad financiera al sistema, aunque también obliga a los trabajadores a ajustar expectativas. La recomendación es revisar estados de cuenta, semanas cotizadas y proyecciones de retiro bajo el régimen vigente.

Con esta decisión, la Suprema Corte consolida la estructura actual del ISSSTE y cierra definitivamente la puerta a cambios de régimen. No hay marcha atrás: la elección realizada tras la reforma de 2007 es permanente y seguirá rigiendo el retiro de los trabajadores del Estado en 2026 y en los próximos años.

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