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6 de mayo 2026 - 11:29

Suprema Corte obliga al IMSS a depositarle dinero a estas mujeres mexicanas que habían quedado sin pensión

En un fallo que rompe con los esquemas tradicionales, el Máximo Tribunal determinó que la existencia de múltiples concubinatos no es impedimento para recibir la protección del Estado.

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IMSS debe entregar pensiones a todas las concubinas de un fallecido.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha emitido un dictamen trascendental que reconfigura el acceso a la seguridad social en México. A través de esta resolución, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) queda obligado a otorgar la pensión de viudez a todas las concubinas que logren acreditar legalmente su relación con un trabajador o pensionado fallecido, eliminando la restricción que impedía este cobro si existía más de una pareja bajo esta figura de forma simultánea.

Esta decisión de la Segunda Sala del máximo tribunal considera que la normativa anterior, contenida en la Ley del Seguro Social, era inconstitucional al imponer un modelo de vida que no se ajusta a la realidad social del país. De acuerdo con los ministros, negar este beneficio vulnera directamente los derechos fundamentales a la seguridad social y a la protección integral de la familia.

IMSS

El fin del modelo tradicional en las pensiones del IMSS

El fallo, derivado del amparo en revisión 505/2023, fue elaborado por la ministra Lenia Batres Guadarrama y aprobado por una mayoría de cuatro votos. Con esta medida, el IMSS debe dejar atrás los criterios internos que limitaban el apoyo económico a una sola persona, reconociendo ahora la diversidad de estructuras familiares que existen en México.

Los puntos clave de esta determinación incluyen:

"Esta restricción vulnera los derechos a la seguridad social y a la protección de la familia, al imponer un modelo de vida que no refleja la realidad social mexicana".

IMSS: un precedente obligatorio para la justicia mexicana

Aprobada originalmente en febrero de 2024, esta resolución se ha consolidado como un criterio de referencia obligatoria para todos los tribunales y autoridades del país que enfrenten disputas similares. El fallo no solo protege económicamente a las mujeres que anteriormente quedaban desamparadas por el IMSS, sino que moderniza la interpretación de los derechos familiares en materia de seguridad social.

Con este ajuste, el organismo de salud pública ha tenido que flexibilizar sus procesos internos para garantizar que ninguna mujer, que haya dependido económicamente del asegurado fallecido, quede excluida de este derecho por razones de estructura familiar. La decisión marca un hito en la búsqueda de una visión más incluyente y humana dentro de las instituciones del Estado mexicano.

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