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20 de abril 2026 - 14:00

Suprema Suprema eliminó un requisito para pensionados del ISSSTE: cuál es

Fíjate qué veredicto dio la Corte Suprema mexicana que beneficia a los afiliados al ISSSTE. Entérate por qué se tomó esta decisión.

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La Corte Suprema eliminó un requisito para pensionados del ISSSTE: cuál es

La Suprema Corte de Justicia de la Nación dio un giro clave en materia de seguridad social en México. En una reciente resolución, el máximo tribunal eliminó un requisito que durante años complicó el acceso a beneficios para miles de personas vinculadas al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE). El cambio impacta directamente en quienes buscan acceder a una pensión ISSSTE tras la muerte de su pareja.

Durante mucho tiempo, uno de los principales obstáculos para obtener este derecho era acreditar un mínimo de cinco años de convivencia en casos de concubinato. Este requisito dejaba fuera a muchas parejas que, pese a tener una relación legítima, no cumplían con ese plazo establecido por la ley. Ahora, ese criterio quedó sin efecto.

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La decisión abre un nuevo panorama para los derechohabientes y sus familias. Especialistas consideran que esta medida corrige una práctica que podía resultar discriminatoria y que no reflejaba la realidad de muchas relaciones. A partir de ahora, el enfoque estará en demostrar la existencia de un vínculo real, más allá del tiempo.

Qué cambio implementó la Suprema Corte en el ISSSTE y desde cuándo aplicará

El cambio central en la pensión ISSSTE 2026 surge de la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 41 y 131 de la Ley del ISSSTE por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Estos apartados exigían que las parejas en concubinato acreditaran al menos cinco años de vida en común para poder acceder a una pensión por fallecimiento y a servicios de salud.

El Pleno de la Corte determinó que este requisito era excesivo y discriminatorio, ya que imponía una barrera rígida que no necesariamente reflejaba la legitimidad de una relación. Si bien el objetivo era prevenir fraudes, la medida terminaba afectando a parejas reales que no cumplían con ese periodo.

Con esta resolución, el requisito de tiempo mínimo desaparece. Sin embargo, eso no significa que el concubinato se reconozca automáticamente. Ahora, el ISSSTE deberá evaluar otros elementos para comprobar la relación, como pruebas de convivencia diaria, dependencia económica, documentos que acrediten un vínculo afectivo o incluso actas de nacimiento de hijos en común.

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En términos prácticos, esta decisión ya sienta un precedente importante y deberá ser aplicada en los procesos actuales y futuros, especialmente en casos donde el trámite fue rechazado únicamente por no cumplir con el plazo de cinco años.

ISSSTE: a quiénes beneficia esta nueva resolución

La nueva resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación beneficia directamente a las parejas sobrevivientes de trabajadores o pensionados del ISSSTE que anteriormente no pudieron acceder a la pensión ISSSTE por no cumplir con el requisito de tiempo mínimo de convivencia.

Esto incluye a personas que tenían una relación estable, pero que por diversas circunstancias -como enfermedades, fallecimientos inesperados o uniones recientes- no lograron acreditar los cinco años exigidos. Ahora, estas personas pueden retomar sus trámites y presentar nuevas pruebas que respalden su vínculo.

También representa una oportunidad para quienes tenían procesos detenidos o rechazados. Con este nuevo criterio, el ISSSTE está obligado a revisar cada caso bajo un enfoque más flexible y centrado en la realidad de la relación, no en un requisito rígido.

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