5 de noviembre 2025 - 09:32

Así fue el momento exacto del acoso a Claudia Sheinbaum en CDMX

Un hombre se acerca y la toco, además de intentar besarla en el cuello. Ya fue detenido.

ACOSO SHEINBAUM

La presidenta Claudia Sheinbaum fue víctima de acoso este martes por parte de un hombre durante un recorrido hacia las instalaciones de la SEP, en el Centro Histórico de la Ciudad de México (CDMX). El implicado, identificado como Uriel "U", ya fue detenido y se expone a duras penas.

El hecho, que fue grabado por un testigo, ha generado indignación nacional y reabierto el debate sobre la seguridad y el respeto hacia las mujeres, incluso en espacios públicos vigilados.

El video muestra el momento en que un hombre se acerca intempestivamente a la mandataria, la abraza por la espalda y trata de besarla en el cuello, sin su consentimiento. El sujeto fue retirado de inmediato por los elementos de seguridad, aunque el hecho provocó cuestionamientos sobre los protocolos de protección presidencial.

VIDEO: el momento del acoso a Claudia Sheinbaum

Embed

Qué pena puede recibir el hombre que acosó a Claudia Sheinbaum

De acuerdo con el Código Penal del Distrito Federal, las sanciones por este tipo de conductas están claramente tipificadas. El artículo 176 establece que “al que sin consentimiento de una persona y sin el propósito de llegar a la cópula, ejecute en ella un acto sexual, la obligue a observarlo o la haga ejecutarlo, se le impondrá de uno a seis años de prisión”.

Si el acto se comete con violencia física o moral, la sanción puede aumentar hasta en una mitad. Además, el artículo 177 eleva la pena de dos a siete años de prisión si la víctima no puede resistirse o comprender el significado del hecho.

URIEL ACOSO SHEINBAUM

En tanto, el artículo 178 contempla agravantes que pueden incrementar la pena hasta en dos terceras partes, especialmente cuando el delito ocurre en espacios públicos o inmuebles oficiales, como fue el caso del incidente con la presidenta.

Por su parte, el artículo 179 sanciona el acoso sexual con penas de uno a tres años de prisión, al señalar que se castigará a quien “realice una conducta de naturaleza sexual indeseable para quien la recibe, que le cause un daño o sufrimiento psicoemocional que lesione su dignidad”. La sanción aumenta cuando existe una relación de subordinación o abuso de autoridad.

Dejá tu comentario

Te puede interesar