La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha dictado una sentencia que marca un antes y un después en la defensa de los ciudadanos frente a los incidentes derivados de la infraestructura pública. Con un fallo histórico emitido por el Pleno el 26 de noviembre de 2025, se fortalece el derecho de miles de mexicanos a recibir indemnizaciones directas cuando sufran daños por el servicio de la Comisión Federal de Electricidad (CFE).
CFE le deposita dinero a estos mexicanos como indemnización por orden de la Suprema Corte: en qué casos aplica este fallo histórico
La Suprema Corte emitió una resolución que elimina trabas burocráticas para las víctimas de accidentes eléctricos. Ahora podrán exigir el pago directo a la aseguradora de la paraestatal.
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Fallo de la Suprema Corte contra la CFE.
La resolución establece que las personas afectadas por accidentes provocados por la infraestructura de la empresa estatal ya no tendrán que agotar un largo y tedioso procedimiento administrativo ante el Gobierno. A partir de ahora, las víctimas pueden exigir directamente el pago de la reparación del daño a la aseguradora que respalda a la CFE mediante un juicio civil.
l origen del fallo: justicia para trabajadores de la construcción
Este precedente judicial tiene su origen en los Amparos en Revisión 230 y 328/2025. Ambos casos están relacionados con trabajadores de albañilería que sufrieron graves descargas eléctricas mientras realizaban sus labores cerca de líneas energizadas de la CFE. Las severas lesiones que presentaron cambiaron drásticamente su calidad de vida, lo que llevó el caso hasta la máxima tribuna de justicia del país.
Al analizar la situación, los ministros de la Corte evaluaron la aplicación del artículo 147 de la Ley sobre el Contrato de Seguro, el cual regula la responsabilidad de las empresas aseguradoras frente a los daños ocasionados por entes públicos. El Pleno determinó que este artículo es plenamente constitucional y garantiza un camino expedito para el reclamo económico. Esto significa que, tras el fallo a favor en la vía civil, la aseguradora contratada por la CFE deberá depositar el monto correspondiente directamente a la cuenta de la persona afectada, evitando demoras burocráticas injustificadas.
En qué casos aplica este fallo contra la CFE
Para que este mecanismo de cobro ágil y directo sea efectivo, la SCJN precisó lineamientos muy claros que las víctimas y sus defensas legales deben tomar en cuenta:
- Póliza activa: El derecho al cobro directo opera siempre y cuando exista una póliza de seguro vigente contratada por la CFE que cubra el riesgo específico generado por sus operaciones.
- Cobertura insuficiente: En escenarios catastróficos, como lesiones graves, incapacidad permanente o pérdidas económicas significativas, es posible que la suma asegurada no alcance a cubrir la totalidad del daño sufrido.
- El recurso final: Si el seguro resulta insuficiente, la persona afectada no pierde sus derechos. Aún podrá recurrir a la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado para reclamar el monto económico faltante. Este paso sí requerirá un procedimiento administrativo adicional, donde se deberá demostrar que existieron fallas o negligencias evidentes en la actividad del Estado.
Con esta contundente decisión, la Suprema Corte de Justicia de la Nación cierra filas en torno a la protección de los ciudadanos. El mensaje institucional es claro: el Estado mexicano y sus aseguradoras deben responder de forma inmediata, completa y efectiva por los daños causados. Este precedente abre una vía mucho más justa para miles de mexicanos que han sufrido afectaciones por la operación irregular de la CFE en todo el país.



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