Salir a la calle con un ligero resfriado o una tos persistente es, en el peor de los casos, un acto de mala educación. Sin embargo, para la comunidad mexicana que reside o transita por el estado de Washington, en Estados Unidos, este comportamiento "común" podría escalar rápidamente de un malestar físico a un problema legal de proporciones considerables en este mayo de 2026.
El Código Revisado de Washington (RCW), el compendio que agrupa todas las leyes estatales vigentes, contempla una normativa que muchos consideran extrema, pero que las autoridades mantienen firme para salvaguardar la salud pública: la penalización por exponer deliberadamente a terceros a enfermedades contagiables.
MUJER ENFERMA BARBIJO CALLE (1)
¿Qué dice la ley exactamente de Washington?
La normativa en cuestión es la RCW 70.54.050, la cual clasifica como un delito menor el acto de transitar por espacios públicos sabiéndose portador de una patología infecciosa. La ley no solo es estricta en las calles, sino que extiende su brazo hasta el ámbito privado.
"Comete un delito menor quien, de forma voluntaria, se exponga en un lugar público de manera que pueda contagiar a otras personas una enfermedad infecciosa. También es sancionable quien, teniendo la enfermedad, expone a otros en ámbitos privados sin advertirles del riesgo".
En términos prácticos, esto significa que si un connacional invita a alguien a su hogar estando enfermo y omite esta información, está incurriendo en una falta legal. La única excepción contemplada es el traslado médico necesario, siempre y cuando se realice bajo medidas que no pongan en riesgo a la población general.
Aunque parezca una medida sacada de los días más restrictivos de la pandemia, esta ley es parte del código criminal permanente. Las penas no son simbólicas y están regidas por el esquema de reglas generales del estado: hasta 90 días de prisión y hasta 250 dólares de multa ($4,200 pesos mexicanos).