26 de abril 2026 - 22:40

IMSS le aumenta de manera inmediata la pensión a miles de mexicanos que recibían una miseria tras fallo de la Suprema Corte

El máximo tribunal de México determinó que limitar el beneficio al 20% para los ascendientes es inconstitucional, igualando sus derechos con los de viudez y orfandad.

Checa la última resolución que afecta al IMSS. 

Checa la última resolución que afecta al IMSS. 

En una resolución histórica que redefine la seguridad social en México, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha emitido un fallo contundente que obliga al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a modificar sus criterios para el pago de pensiones por ascendencia. A partir de ahora, los padres que dependieran económicamente de un trabajador fallecido bajo la Ley 73 podrán recibir hasta el 90% del monto de la pensión, terminando con décadas de una práctica considerada discriminatoria.

Históricamente, la normativa del IMSS otorgaba apenas un 20% de la pensión a los padres del asegurado, una cifra que los ministros han calificado como insuficiente y violatoria del principio de igualdad. La Corte determinó que el esfuerzo laboral del trabajador debe traducirse en un respaldo digno para su núcleo familiar, sin importar si este se compone por cónyuge o ascendientes directos.

corte suprema beneficio fallo mx

Un cambio radical para las familias mexicanas bajo la Ley 73

El fallo establece que la restricción previa vulneraba el derecho a la seguridad social y a la protección de la familia. Bajo el nuevo criterio, si los padres logran acreditar la dependencia económica, tienen derecho a acceder a un porcentaje equivalente al que recibiría una viuda o viudo, garantizando así su subsistencia y reconociendo que los lazos de cuidado son un pilar fundamental del sistema de pensiones.

Este precedente no solo beneficia a nuevos solicitantes, sino que abre la puerta para que miles de adultos mayores que actualmente reciben solo el 20% puedan impugnar y solicitar un incremento retroactivo. La SCJN enfatizó que la pensión no es una concesión gratuita del Estado, sino el fruto de años de aportaciones del trabajador que deben proteger a quienes más lo necesitan.

Para acceder a este beneficio del 90%, los interesados deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  • El trabajador fallecido debe haber cotizado bajo la Ley de 1973.

  • Demostrar fehacientemente la dependencia económica mediante estados de cuenta u otros medios probatorios.

  • Presentar actas de nacimiento y de defunción que acrediten el parentesco y el deceso del asegurado.

Esta decisión representa un alivio financiero inmediato para miles de hogares en 2026, enfrentando la inflación y garantizando que el patrimonio construido por los hijos fallecidos sirva como un sustento real para sus padres en la vejez.

Dejá tu comentario

Te puede interesar