Miles de usuarios de telefonía celular deberán estar atentos durante agosto de 2026, ya que comienza el vencimiento de los primeros plazos para registrar las líneas móviles con la Clave Única de Registro de Población (CURP). De no realizar el trámite dentro de la fecha correspondiente, las compañías telefónicas procederán a suspender el servicio.
La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) informó que se otorgó una prórroga para facilitar el registro de las líneas telefónicas, aunque también publicó un calendario definitivo que establece cuándo vence el plazo para cada usuario, dependiendo del último dígito de su número.
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¿Qué líneas serán suspendidas en agosto de 2026?
De acuerdo con el calendario oficial de la CRT, durante agosto deberán completar el registro los usuarios cuyos números telefónicos terminen en:
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Último dígito 0: fecha límite 15 de agosto de 2026.
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Último dígito 1: fecha límite 31 de agosto de 2026.
Una vez que expire el plazo correspondiente, las empresas de telefonía iniciarán el proceso para restringir el servicio de las líneas que no hayan sido vinculadas con la CURP.
Calendario completo para registrar la línea con la CURP
La autoridad también dio a conocer las fechas límite para el resto de los números telefónicos:
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Dígito 2: 15 de septiembre de 2026.
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Dígito 3: 30 de septiembre de 2026.
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Dígito 4: 15 de octubre de 2026.
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Dígito 5: 31 de octubre de 2026.
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Dígito 6: 15 de noviembre de 2026.
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Dígito 7: 30 de noviembre de 2026.
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Dígito 8: 15 de diciembre de 2026.
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Dígito 9: 31 de diciembre de 2026.
Con este calendario, las autoridades buscan que el proceso se realice de manera escalonada y evitar una saturación en el registro de las líneas móviles.
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¿Qué pasa si no registras tu línea?
La CRT explicó que, una vez vencida la fecha asignada para cada número, las compañías telefónicas suspenderán el servicio en un plazo de 72 horas si la línea no ha sido vinculada con la CURP.
Durante la suspensión, los usuarios tendrán acceso únicamente a funciones básicas, entre ellas:
- Realizar llamadas a los números de emergencia.
- Comunicarse con los servicios de atención ciudadana.
- Contactar a su compañía telefónica.
- Recibir alertas sísmicas y otros mensajes de protección civil.
En cambio, quedarán inhabilitados los servicios habituales, como llamadas convencionales, envío de mensajes de texto y navegación mediante datos móviles.
¿Se puede recuperar el servicio?
Sí. La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones señaló que la suspensión no implica la pérdida definitiva del número telefónico.
Una vez que el usuario complete el proceso de vinculación de la línea con su CURP, la empresa de telefonía deberá restablecer todos los servicios, incluyendo llamadas, mensajes y acceso a internet móvil.
Por ello, la recomendación para los usuarios cuyo número termina en 0 o 1 es realizar el trámite antes de las fechas límite de 15 y 31 de agosto de 2026, respectivamente, para evitar la suspensión temporal del servicio.