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1 de marzo 2023 - 16:16

El gobierno dispuso excepciones al seguro médico obligatorio para extranjeros, ¿cuáles son?

El Poder Ejecutivo había decretado la semana pasada que aquellos visitantes que ingresen la país deben contar con cobertura, pero ahora estableció salvedades.

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Estas son todas las excepciones para la obligatoriedad del seguro médico para extranjeros en Uruguay.

Marca País Uruguay

La semana pasada, el gobierno decretó la obligatoriedad de cobertura médica o seguro médico para extranjeros que ingresen a Uruguay. Ahora, estableció excepciones a la nueva normativa.

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Además de derogar las exigencias sanitarias impuestas durante la pandemia del Covid-19, la iniciativa de la semana pasada especificó que la nueva obligación rige desde el pasado 16 de febrero y para todos aquellos visitantes que quieran ingresar al país por medio aéreo, marítimo o terrestre.

Una por una, todas las excepciones al seguro médico obligatorio para extranjeros

En la nueva actualización de la normativa, y considerando la Ley de Refugiados N° 18.076, se exceptúan casos "fundados de protección internacional".

En estos casos, se tendrá "particularmente en cuenta" la situación de quienes llegan "por motivo de reunificación familiar con extranjeros que ya cuentan con residencia permanente en el país".

Además, se contemplará a aquellos que lleguen al país por situaciones “humanitarias” o “debidamente justificadas de reunificación familiar", de acuerdo al artículo 10 de la Ley N° 18.250, que especifica que “el Estado uruguayo garantizará el derecho de las personas migrantes a la reunificación familiar con padres, cónyuges, concubinos, hijos solteros menores o mayores con discapacidad, de acuerdo al artículo 40 de la Constitución de la República".

¿Qué dice el decreto y por qué se tomó la medida?

El decreto original detalla que, a raíz de la situación epidemiológica actual y debido a "el alto nivel de inmunidad alcanzado, la evolución observada del comportamiento epidemiológico de SARS-CoV-2 y el control logrado de la enfermedad", corresponde actualizar las medidas de prevención sanitaria y, por ende, "rever las condiciones de ingreso al país".

Previo a esta resolución, puesta en circulación casi una semana después de su firma, aquellos extranjeros que entraban al país, y que no tenían cobertura médica eran atendidos a través de la Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE), en caso de que presentaran algún problema de salud, generando un costo para el Estado.

El pasado mes de septiembre, el gobierno había levantado la exigencia de una declaración jurada de Covid-19 para el ingreso al país. Adjunto a esto, las personas debían informar sobre la cobertura de seguro de salud y acreditar un resultado negativo de coronavirus en caso de no contar con la cantidad de vacunas necesarias (dos).

La normativa, que consta de dos artículos importantes, indica en su artículo 1 que "las personas extranjeras que pretendan ingresar al país por cualquier medio aéreo, marítimo o terrestre, independientemente de su causa de ingreso, deberán contar con cobertura de salud o seguro médico".

Mientras que en el artículo 2, establece la derogación de "toda disposición sanitaria que establezca exigencias de ingreso al país, y que haya sido dictada en el marco o como consecuencia de la emergencia nacional sanitaria dispuesta por decreto N° 93/020 de 13 de marzo de 2020".

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