29 de marzo 2025 - 18:14

El Ministerio del Interior aplicará multas de hasta 100 UR por las falsas amenazas de bomba

La Ursec estará a cargo de activar los mecanismos para cobrar hasta 181.634 pesos a quienes hagan llamadas falsas al 911 o a los titulares de las líneas.

El Ministerio del Interior aplicará multas por falsas amenazas de bomba.

El Ministerio del Interior aplicará multas por falsas amenazas de bomba.

El ministro del Interior Carlos Negro anunció que se aplicarán multas económicas a las personas que realizaron o realicen falsas amenazas de bomba, luego de una semana caótica en la que se debieron evacuar distintos shopping y facultades de la Universidad de la República (UdelaR), hasta cinco veces, como en el caso de la Facultad de Medicina.

La semana pasada estuvo marcada por distintas amenazas de bomba que resultaron en falsas alarmas pero que implicaron la evacuación de miles de personas de espacios importantes como shoppings y facultades, así como en grandes operativos policiales y de Bomberos. Por eso mismo, y mientras la investigación para encontrar a los responsables avanza, ya con varios detenidos, Negro anunció que se aplicarán multas a quienes realicen amenazas falsas al Servicio de Emergencias 911.

En conferencia de prensa, el titular del Ministerio del Interior recordó que para ese tipo de conductas, además de los delitos previstos en el Código Penal con penas de prisión, está la posibilidad de aplicar sanciones económicas, tal y como establece la Ley de Urgente Consideración (LUC).

“En lo que nos concierne a nosotros estas conductas merecen penas de multa. Multa que es de aplicación administrativa y corresponde a la Ursec (Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones), a quienes le vamos a dar cuenta de cada una de estas acciones, para que active los mecanismos tendientes a cobrar esas multas, tanto a las personas que efectuaron las llamadas como a los titulares de las cuentas si no fuera posible cobrarle a las personas que llamen y hagan este tipo de alertas”, afirmó Negro.

¿Qué dice el artículo de la LUC?

El artículo 103 de la LUC, aprobada el 9 de julio de 2020 durante el gobierno de Luis Lacalle Pou, establece que "aquel que realice llamadas maliciosas, falsas, jocosas o irregulares al Servicio de Emergencia 911, mediante el uso de telefonía fija o móvil y cuyo titular sea una persona física, o a través de otros medios de comunicación, será sancionado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (Ursec) con una multa de 10 UR (diez unidades reajustables) hasta 100 UR (cien unidades reajustables). La multa se aplicará al titular de la línea telefónica".

Según la conversión actual, las multas aplicables van desde los 18.163 pesos a los 181.634 pesos. Y lo recaudado se destinará a un fondo de inversiones para la mejora del servicio 911, tal y como indica la normativa.

El directora general de Información e Inteligencia Policial, Ana Sosa, dijo en la conferencia que se investigan 20 llamadas telefónicas y cinco correos electrónicos.

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