6 de mayo 2025 - 08:43

Elecciones departamentales: qué hacer si faltan hojas de votación en el cuarto secreto

La Corte Electoral informó cómo proceder si no está la papeleta del candidato a elegir en el momento de entrar a sufragar.

Si faltan hojas de votación, los ciudadanos pueden retirarse del cuarto secreto y volver más tarde.

Si faltan hojas de votación, los ciudadanos pueden retirarse del cuarto secreto y volver más tarde.

Foto: Presidencia

A la hora de ir a votar en las elecciones departamentales de este domingo, una posibilidad es que en el cuarto secreto falten las hojas de votación de alguno de los candidatos que los ciudadanos desean elegir; ¿cómo se debe actuar en esa situación?

La Corte Electoral informó en su manual de procedimientos que la disponibilidad de las hojas de votación es competencia de los partidos políticos y sus delegados son los encargados de abastecer a los circuitos durante los comicios.

Sin embargo, puede ocurrir que al momento de sufragar, falten papeletas. En ese caso, la Corte reveló que el ciudadano “podrá retirarse sin sufragar y volver en otro momento”.

Vale recordar que es tarea de las autoridades de la Comisión Receptora de Votos (CRV) colocar las hojas de votación en el cuarto secreto procurando “que sean fácilmente distinguidas por los electores, así como la mejor e igualitaria exhibición de aquellas y la posibilidad de acceder cómodamente a las mismas”. Para saber donde votar, es posible ingresar al buscador de padrón electoral.

¿Qué pasa si no voto en las elecciones departamentales?

En el caso de aquellos ciudadanos que no voten durante las elecciones departamentales, tendrán un mes para justificar la no emisión del sufragio. Entre el martes 13 y el 12 de junio podrán realizar el trámite de forma online, con un formulario que aparecerá en la web de la Corte Electoral.

Entre las causas justificadas para no votar aparece padecer enfermedad, invalidez o imposibilidad física que le impida la concurrencia a la Comisión Receptora, caso en el cual habrá que exhibir un certificado médico, acompañado por timbre profesional si se tratara de un certificado expedido por una institución privada.

Otra opción válida es hallarse ausente del país el día de la votación, algo que se podrá justificar por cualquier medio de prueba documental donde conste la fecha de salida y entrada al país, como un certificado de la Dirección Nacional de Migración, pasaporte con sellos de salida e ingreso al Uruguay o pasajes que acrediten dichos extremos; constancia de trabajo en el exterior u otros de similar naturaleza.

En tanto, quienes no pueden concurrir a la CRV “por razones de fuerza mayor”, tendrán que presentar prueba documental de la circunstancia alegada.

Quienes no puedan justificar su omisión, deberán pagar una multa de 1 UR (unos 1.820 pesos), que se duplica para funcionarios públicos o profesionales con títulos expedidos por la Universidad de la República (UdelaR).

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