El Banco de Previsión Social (BPS) ya finalizó con los pagos correspondientes al mes de marzo, y las fechas de abril ya fueron anunciadas oficialmente para todas las prestaciones. Esto incluye a los beneficiarios que vivan en Montevideo como en el interior del país.
Quiénes reciben el subsidio de desempleo del BPS y cómo se cobra
Este beneficio tiene como objetivo apoyar a los trabajadores recién despedidos para que puedan reinsertarse en el mercado laboral.
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El beneficio del BPS para
Dentro de las prestaciones que otorga la entidad, está el Subsidio por Desempleo, destinada a los trabajadores que quedan sin trabajo de manera involuntaria. Esta está pensada para compensar la pérdida de ingresos mientras la persona afectada se encargada de reinsertarse en el mercado laboral.
De qué se trata el Subsidio por Desempleo
El subsidio otorgado por el BPS puede extenderse hasta seis meses, dependiendo de la situación laboral del solicitante y la duración previa de su vínculo laboral. En algunos casos, puede ser ampliado, especialmente para trabajadores mayores de 50 años. Adicionalmente, los beneficiarios tienen la posibilidad de acceder a programas de formación a través del Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional (Inefop), destinados a fortalecer sus capacidades y mejorar su inserción en el mercado laboral.
El monto a recibir está sujeto al tipo de actividad desempeñada y la duración del subsidio. En el caso de los trabajadores mensuales, el beneficio consiste en un porcentaje del promedio de sus ingresos mensuales durante los seis meses previos al despido. Para los jornaleros, se calcula un jornal promedio por cada día no trabajado.
Requisitos para acceder
Trabajadores de industria y comercio
En los 12 meses previos a configurarse la causal de desempleo, deberán cumplir con:
- Empleados con remuneración mensual: haber computado 180 días en planilla.
- Empleados jornaleros: haber computado en los 180 días en planilla y 150 jornales trabajados.
- Empleados con remuneración variable (destajistas): haber computado 180 días en planilla y un mínimo de 6 BPC ($ 39.456,00).
- Trabajadores destajistas de la pesca y estiba: 180 días en planilla y un mínimo de 6 BPC ($ 39.456,00). Para el cálculo del mínimo de relación laboral se computarán los meses completos en los que haya existido actividad, cualquiera fuera el número de días trabajados, siempre que constituya su única actividad (RD 12-40/2005 y RD 17-11/2009)
Trabajadores rurales
En los 30 meses previos a configurarse la causal de desempleo, deberán cumplir con:
- Trabajadores con remuneración mensual: 270 días en planilla.
- Trabajadores con remuneración por día o por hora: 225 jornales trabajados.
- Trabajadores con remuneración variable (destajistas): haber percibido 9 BPC ($ 59.184,00).
Trabajadores del servicio doméstico
- Trabajadores mensuales: haber tenido una relación laboral mínima de 180 días registrada en BPS en los últimos 12 meses o, en su defecto, 360 días en los últimos 24 meses.
- Trabajadores por día o por hora: una relación laboral mínima de 180 días registrada en BPS en los últimos 12 meses y 150 jornales efectivamente trabajados o, en su defecto, 360 días en planilla y 250 jornales en los últimos 24 meses.
- Trabajadores domésticos con tipo de remuneración destajista: deberán tener una relación mínima de 180 días en planilla y haber percibido al menos 6 BPC ($ 39.456,00) en los últimos 12 meses o, en su defecto, 360 días en planilla y haber percibido 12 BPC ($ 78.912,00) en los últimos 24 meses.
Cómo solicitarlo
El proceso para tramitar el subsidio por desempleo es relativamente sencillo y puede realizarse en línea o presencialmente:
- En Línea: desde el portal del BPS, donde se puede completar el formulario correspondiente y adjuntar la documentación requerida.
- Presencialmente: yendo a una oficina del BPS donde se podrá presentar la solicitud y recibir asistencia si es necesario.
Una vez presentada la solicitud, el BPS evaluará la documentación y notificará al solicitante sobre la aprobación o rechazo del subsidio.



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