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28 de julio 2026 - 21:42

Cuáles son las transferencias bancarias que activan multas de hasta 35 mil pesos, según el SAT

El Servicio de Administración Tributaria brindó detalles sobre el Código Fiscal de la Federación y los puntos a tener en cuenta al momento de realizar una transferencia bancaria.

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Cuáles son las transferencias bancarias que activan multas de hasta 35 mil pesos, según el SAT.

@EL CEO

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha intensificado sus esquemas de fiscalización electrónica sobre las operaciones bancarias que realizan los contribuyentes en México. A través del monitoreo automático del Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios (SPEI) y los reportes que emiten las instituciones financieras, la autoridad fiscal identifica de manera en tiempo real aquellos movimientos de dinero que no coinciden con los ingresos declarados, lo que puede derivar en discrepancias fiscales y la imposición de multas que alcanzan los 35 mil pesos.

Existe la creencia popular de que las transferencias entre familiares (como depósitos de padres a hijos, cónyuges o hermanos) se encuentran totalmente exentas de supervisión o impuestos de forma automática. Sin embargo, la legislación fiscal establece límites operativos y requisitos documentales claros que, de no cumplirse, transforman un traspaso familiar legítimo en un concepto de ingreso acumulable sujeto al pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y sus correspondientes sanciones.

Vale mencionar que el Código Fiscal de la Federación contempla distintas sanciones por incumplir obligaciones fiscales, y el monto depende de la conducta específica del contribuyente.

¿Por qué el SAT aplica multas por transferencias entre familiares?

De acuerdo con lo estipulado en el Código Fiscal de la Federación (CFF) y la Ley del Impuesto Sobre la Renta, los donativos entre cónyuges o en línea recta (de padres a hijos y viceversa) están exentos del pago de ISR sin importar el monto. No obstante, la exención tributaria no exime al contribuyente de su obligación informativa.

Cuando un ciudadano recibe transferencias bancarias por concepto de préstamos, donativos o aportaciones familiares que en lo individual o en su conjunto superen el tope legal de 600 mil pesos en un mismo ejercicio fiscal, tiene la obligación legal de declararlos ante el SAT. Si el contribuyente omite manifestar estos recursos en su declaración anual, la autoridad presume que se trata de un ingreso no declarado, aplicando sanciones financieras que van desde recargos proporcionales hasta multas administrativas de entre 10 mil y 35 mil pesos por la omisión del informe.

Las transferencias que activan las alarmas y las sanciones fiscales

No todos los traspasos bancarios generan una multa inmediata, pero existen tres escenarios específicos donde la autoridad tributaria ejerce su facultad de comprobación e impone créditos fiscales:

Cómo comprobar y amparar las transferencias familiares para evitar multas

Para evitar que una auditoría o notificación del SAT derive en una multa de miles de pesos, la persona receptora del dinero debe conservar la trazabilidad y la evidencia documental de los fondos que ingresan a su cuenta de débito o ahorro.

En el caso de donativos familiares de importes elevados (superiores a los 500 mil pesos), la ley exige formalizar la operación a través de una escritura pública o contrato de donación firmado ante notario público. Si se trata de montos menores, basta con mantener los estados de cuenta bancarios donde se aprecie claramente el nombre del ordenante, la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) de procedencia y especificar adecuadamente el concepto como "Donación en línea recta" o "Apoyo familiar".

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