9 de abril 2025 - 17:49

Declaración anual: cuánto tarda el SAT en devolver saldo a favor

El Servicio de Administración Tributaria detalló las condiciones para que los contribuyentes puedan acceder a este beneficio.

Declaración anual: cuánto tarda el SAT en devolver saldo a favor.

Declaración anual: cuánto tarda el SAT en devolver saldo a favor.

Si ya presentaste la declaración anual 2024 o estás pronto a hacerlo y quieres saber cuánto tarda el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en devolver el saldo a favor en caso de que exista, ten en cuenta que esto depende de varios factores.

Para ello es importante tener en cuenta que el fisco tiene un total de 40 días naturales para realizar la devolución del saldo a favor que haya resultado en tu declaración anual.

La información y datos que la plataforma tenga de tus movimientos y declaraciones será fundamental para poder agilizar el tiempo de espera y recibir el saldo a favor en tu cuenta bancaria.

SAT

Este es el tiempo que tarda el SAT en devolver saldo a favor

La presentación de la declaración anual 2024 tiene como fecha límite el 30 de abril, por lo tanto, todos aquellos contribuyentes que presentaron dicha declaración en tiempo y forma recibirán el saldo a favor a más tardar el 31 de julio.

Declaración anual SAT: cómo solicitar la devolución de saldo a favor

Existen dos formas para solicitar la devolución de saldo a favor, ellas son:

  • Registrando tu contraseña: se te deposita de forma automática el dinero si el saldo a favor es igual o menor a 10,000 pesos y si el monto es mayor a esa cantidad pero no rebasa 150,000 se te entregará de esta manera siempre y cuando utilices tu cuenta clabe precargada.
  • e.firma: cuando tu saldo a favor es superior a 10,000 pesos y capturas una nueva clabe interbancaria.

Declaración anual SAT: en qué casos no aplica devolución de saldo a favor

  • Si tu saldo a favor es superior a 150 mil pesos.
  • Si obtuviste ingresos por copropiedad, sociedad conyugal o sucesión.
  • Si estuviste suspendido en el RFC durante todo el ejercicio fiscal.
  • Si el SAT te tiene registrado como no localizado en tu domicilio fiscal (salvo que solo percibas sueldos y
  • salarios).
  • Si tu solicitud no corresponde al ejercicio 2024.
  • Si presentas tu declaración con Contraseña cuando estás obligado a usar e.firma.
  • Si envías la solicitud por formato electrónico antes de obtener el resultado de la declaración presentada por la vía rápida.
  • Si no seleccionas la opción "Devolución" dentro de la declaración.
  • Si presentas la declaración después del 31 de julio de 2025.
  • Si tienes revocados sellos o firmas digitales, o si apareces en el listado de contribuyentes incumplidos publicado por el SAT.

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