15 de mayo 2026 - 15:17

Suprema Corte falla a favor del SAT y le permite negarle esta información a todos los municipios de México

El máximo tribunal emitió semanas atrás una resolución este martes que determina la validez del artículo 69 del Código Fiscal de la Federación.

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) falló a favor del Servicio de Administración Tributaria (SAT y avala que mantenga oculta la información de municipios. El Pleno del Máximo Tribunal determinó la validez constitucional del secreto fiscal, avalando que la dependencia federal le niegue el acceso a estos datos a los gobiernos locales que los soliciten para investigaciones ordinarias.

El histórico fallo deriva de la Controversia Constitucional 103/2021, impulsada por el municipio de San Pedro Garza García, en el estado de Nuevo León. El ayuntamiento impugnó diversos oficios en los que el SAT se negó tajantemente a entregarles información financiera de una persona en específico, amparándose en su deber ineludible de proteger el secreto fiscal consagrado en el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación (CFF).

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SAT: el caso San Pedro Garza García que originó el fallo

Las autoridades regiomontanas acusaron que esta negativa del fisco condicionaba su acceso a la información y bloqueaba sus facultades legales para investigar posibles faltas administrativas. Para sostener su demanda, el municipio argumentó que la ley era inconstitucional por una supuesta "omisión legislativa absoluta" del Congreso de la Unión.

Según San Pedro Garza García, los legisladores fallaron al no dejar escrito de manera expresa que el secreto fiscal quedaba anulado cuando las autoridades investigadoras solicitaban datos, acusando violaciones a los principios de supremacía constitucional.

SCJN

La resolución de la SCJN a favor del SAT: reglas claras y excepciones estrictas

Durante la sesión celebrada este martes 24 de marzo, los ministros desestimaron por completo los reclamos del municipio neoleonés. La SCJN concluyó que no existe ninguna omisión legislativa, ya que el Congreso cumplió cabalmente con los mandatos de la reforma anticorrupción al expedir la Ley General de Responsabilidades Administrativas, gozando de total libertad para instrumentar dichas normas sin tener la obligación de modificar forzosamente el Código Fiscal.

Para poner orden entre las facultades del SAT y las exigencias de los gobiernos locales, el Máximo Tribunal trazó una línea jurídica muy clara sobre cómo debe interpretarse la ley de ahora en adelante:

  • El Pleno determinó que el secreto fiscal es una disposición ordinaria y totalmente válida que consagra el deber inquebrantable de confidencialidad del Estado hacia el contribuyente.

  • La Corte aclaró que esta reserva solo puede romperse (y el SAT estará obligado a entregar la información) cuando se trate de investigaciones exclusivas por faltas administrativas graves, tal como lo marcan las excepciones específicas del artículo 109 constitucional y el 95 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

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