El IMSS contempla distintos regímenes para la jubilación de los trabajadores, dependiendo de la fecha en que iniciaron sus aportaciones. La transición entre la ley vigente hasta 1997 y la ley actual genera dudas frecuentes sobre los derechos y beneficios que corresponden a cada asegurado. En este contexto, se han establecido lineamientos específicos para aquellos que se encuentran en el periodo de transición y deben tomar una decisión sobre su futuro financiero.
La institución continúa brindando información oficial para orientar a los trabajadores que están próximos a concluir su vida laboral activa bajo estas condiciones.
IMSS: qué pensionados pueden elegir entre Ley 73 y Ley 97
Para los trabajadores en México, entender bajo qué esquema de pensiones se encuentran es fundamental para planear su futuro. La clave reside en la fecha de inicio de su vida laboral ante el Seguro Social.
Solo aquellas personas que fueron dadas de alta en el IMSS previo al 1 de julio de 1997 cuentan con la posibilidad de elegir entre dos esquemas distintos al momento de jubilarse. A este sector se le denomina "generación de transición", pues el instituto les otorga el derecho de optar por los beneficios de la Ley 73 o, si así lo prefieren, integrarse al sistema de la Ley 97.
Por el contrario, quienes comenzaron a cotizar formalmente a partir de dicha fecha no tienen opción de elección: pertenecen estrictamente a la Ley 97 y deben ajustarse a sus lineamientos.
Así es la Ley 73 del IMSS
Este modelo, conocido como el régimen anterior, se estructura como un sistema de beneficio definido. En este caso, el cálculo de la prestación económica mensual se determina a través de tres factores principales:
- El promedio del salario percibido durante los últimos cinco años de trabajo.
- El total de semanas cotizadas acumuladas.
- La edad en la que se solicita el retiro.
Su mayor atractivo es la posibilidad de obtener montos mensuales más elevados, sobre todo si el trabajador mantuvo un nivel salarial alto en el cierre de su trayectoria. Además, el depósito es cubierto directamente por el Gobierno Federal, lo que garantiza estabilidad en el cobro.
Así es la Ley 97 del IMSS
Bajo este esquema actual, los recursos se gestionan mediante cuentas individuales controladas por las AFORE. Aquí, el monto de la jubilación no es una cifra proyectada por el salario, sino que es el resultado directo del capital ahorrado, el cual se compone de:
- Las cuotas aportadas por el empleado, la empresa y el Estado.
- Las ganancias o rendimientos que genere la administradora (AFORE).
- El periodo total de cotización.
A diferencia del modelo previo, el pago depende totalmente de lo acumulado en la cuenta personal. No obstante, el sistema ofrece una pensión garantizada para aquellos que, aun sin tener un saldo alto, cumplen con el mínimo de semanas y edad requeridos por la ley.
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