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13 de agosto 2026 - 21:10

Estos son los cinco ingresos extras que pueden tener los jubilados con pensión IMSS

El Instituto Mexicano del Seguro Social ha confirmado cuáles son los ingresos económicos legales que pueden obtener los adultos mayores sin temor a perder su pensión de base.

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Estos son los cinco ingresos extras que pueden tener los jubilados con pensión IMSS.

Los jubilados y pensionados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) cuentan con la posibilidad de generar ingresos económicos adicionales para fortalecer su presupuesto familiar sin poner en riesgo la recepción de su pago mensual. De acuerdo con la Ley del Seguro Social vigente, la pensión otorgada por cesantía, vejez, invalidez o riesgos de trabajo es un derecho adquirido que no se cancela ni se reduce por el simple hecho de obtener recursos por vías ajenas a la subordinación laboral obligatoria tradicional.

Existen alternativas de financiamiento personal y patrimonial plenamente legales que permiten incrementar la liquidez de los adultos mayores de forma transparente.

A continuación, se detallan los cinco ingresos extras más comunes y seguros que un pensionado del IMSS puede percibir sin alterar su estatus ante la institución.

Los 5 ingresos extras compatibles con la pensión del IMSS

Existen cinco fuentes de ingresos que los pensionados pueden aprovechar para diversificar sus recursos sin poner en riesgo su pensión:

¿Por qué recibir ingresos adicionales no afecta el pago mensual del IMSS?

El IMSS contempla causales específicas para la suspensión o invalidez de una pensión, las cuales se relacionan principalmente con el reingreso al régimen obligatorio laboral bajo las mismas condiciones previa jubilación (por ejemplo, recontratarse con el mismo patrón antes de cumplir seis meses de la baja o percibir un salario mayor al 50% de la última remuneración en el mismo puesto). Sin embargo, la percepción de rendimientos financieros, utilidades comerciales o bienes no derivados de un contrato de trabajo subordinado no infringe la normativa del instituto.

Por lo tanto, la Ley del Seguro Social permite que los pensionados mantengan activos económicos paralelos, siempre y cuando cumplan con las obligaciones fiscales correspondientes ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) cuando los montos exijan declaración anual o retención de impuestos.

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