El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) confirmó un gran beneficio para todos aquellos adultos mayores que deseen darse de alta en la continuación voluntaria al régimen obligatorio, popularmente conocida como Modalidad 40. El mismo simplifica los pagos y ahorra tiempo a miles de pensionados.
IMSS alegra a miles de pensionados de Ley 73 con esta supernoticia de la Modalidad 40
El Instituto Mexicano del Seguro Social anunció que esta modificación mejorará la calidad de vida de sus adultos mayores.
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IMSS activa un gran beneficio para todos los jubilados con Modalidad 40.
Si bien los interesados podían darse de alta en la Modalidad 40 del IMSS usando internet, a partir de este 2025 también se pueden hacer los pagos correspondientes a través de transferencias bancarias. Hasta el momento únicamente está disponible de forma automática con el banco HSBC. Desde cualquier cuenta que se tenga asociada al servicio de SPEI se puede realizar la transferencia de fondos.
A continuación, checa el sencillo paso a paso para pagar con transferencia en la Modalidad 40 del IMSS, como así también los requisitos para solicitar este sistema que aumenta el monto de las pensiones.
Cómo realizar el pago de la Modalidad 40 del IMSS
- Ingresa al servicio de Banca Electrónica del banco, desde cualquier dispositivo electrónico.
- Identifica la opción de "pagos por SPEI" o "transferencia a otros bancos".
- Agrega los datos del pago, localizados en el Talón o Recordatorio de Pago.
Los datos para el pago en línea son:
- CLABE: 021180550300049709
- Importe a pagar: el monto exacto que indica el Recordatorio de Pago.
- Referencia o concepto de pago: la referencia exacta que indica el Recordatorio de Pago.
Cuáles son los requisitos para solicitar la Modalidad 40 del IMSS
Datos en línea y presencial en Subdelegación:
- Clave Única de Registro de Población (CURP).
- Número de Seguridad Social (NSS).
- Correo electrónico.
Documentos en Subdelegación
- Identificación oficial vigente. Original y 1 copia.
- Escrito libre solicitando la inscripción en la continuación voluntaria en el régimen obligatorio, con firma autógrafa o huella digital. Original y 1 copia.
- Comprobante de domicilio. Original y 1 copia.
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