28 de octubre 2025 - 12:08

IMSS e ISSSTE: la Suprema Corte dictamina embargar las cuentas de Afore de pensionados y jubilados que no cumplan con esta obligación

Se trata de un fallo inédito que marca precedente para personas desempleadas. En esta nota, los detalles.

Las cuentas Afores del IMSS e ISSSTE pueden ser embargadas.

Las cuentas Afores del IMSS e ISSSTE pueden ser embargadas.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió un fallo histórico que cambia el panorama de las pensiones en México. Por unanimidad, la Primera Sala resolvió que las cuentas de Afore de pensionados y jubilados podrán ser embargadas en caso de incumplimiento de obligaciones de pensión alimenticia. El criterio rompe con la idea de que las subcuentas de retiro eran intocables, estableciendo que su inembargabilidad no es absoluta.

El amparo en revisión 652/2024, que dio origen a este dictamen, precisó que la medida se aplicará únicamente cuando el deudor se encuentre desempleado y no posea otros bienes embargables para responder legalmente. La Corte aclaró que, en estos casos, el derecho de los menores a recibir pensión alimenticia prevalece sobre el patrimonio del trabajador o jubilado.

De acuerdo con la resolución, los fondos de la Afore podrán ser embargados únicamente en la misma proporción que la ley permite retirar en situaciones de desempleo. Esto equivale al monto menor entre 75 días del salario básico de los últimos cinco años o el 10% del saldo total de la subcuenta. De esta manera, el retiro parcial con fines alimenticios no podrá exceder lo que ya estaba regulado por la normatividad.

Suprema Corte de Justicia de la Nación

Embargo de Afores: un fallo histórico de la Suprema Corte

El dictamen subraya la importancia de garantizar el “interés superior del menor” como principio rector de la justicia en materia familiar. Bajo esta lógica, la Suprema Corte enfatizó que los derechos de los niños no pueden estar supeditados a la protección patrimonial de los adultos, incluso cuando se trate de recursos destinados al retiro.

Con esta resolución, la SCJN marca un precedente que impacta directamente en trabajadores, pensionados y jubilados del IMSS e ISSSTE. La medida envía un mensaje claro: el incumplimiento de obligaciones de pensión alimenticia podrá tener consecuencias severas, incluso sobre los ahorros para el retiro, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en la ley.

Otro fallo histórico de la Suprema Corte: obliga al IMSS a otorgarle pensión a estas familias

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió otro fallo histórico este 2025 que beneficia a miles de familias mexicanas, al declarar inconstitucional la exclusión de los padres del trabajador fallecido del derecho a recibir pensión por muerte cuando existen otros beneficiarios, como el cónyuge o los hijos.

La Segunda Sala de la Corte resolvió en julio pasado que los padres adultos mayores o con discapacidad que dependían económicamente del trabajador fallecido también tienen derecho a recibir la pensión en concurrencia con los demás beneficiarios, al considerar que esta situación refleja una dependencia real y debe ser reconocida por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

IMSS ISSSTE

La Suprema Corte también dictamina que el IMSS está obligado a entregarle dinero a todas las concubinas de un pensionado fallecido

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dictaminó meses atrás que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) deberá otorgar la pensión de viudez a todas las concubinas que acrediten su relación con un trabajador o pensionado fallecido, sin importar que existan varias al mismo tiempo.

La resolución fue tomada por la Segunda Sala del máximo tribunal del país, que consideró inconstitucional el artículo de la Ley del Seguro Social que negaba el beneficio cuando la persona asegurada mantenía más de una relación de concubinato. Según los ministros, esta restricción vulnera los derechos a la seguridad social y a la protección de la familia, al imponer un modelo de vida que no refleja la realidad social mexicana.

La Suprema Corte obliga al IMSS a darle el 90% de la pensión a los padres de un pensionado fallecido

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) definió que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) deberá otorgar el 90% de la pensión a los padres de un trabajador fallecido cuando estos sean dependientes económicos y no existan otros beneficiarios como cónyuge, concubina o hijos.

La Segunda Sala del máximo tribunal determinó que la Ley del Seguro Social de 1973 viola el derecho a la igualdad al establecer porcentajes distintos para calcular las pensiones según el parentesco con el asegurado.

La decisión se tomó de forma unánime en la sesión del 29 de noviembre de 2023, bajo la ponencia del ministro Alberto Pérez Dayán, en el amparo en revisión 252/2023.

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Suprema Corte dictamina que el IMSS está obligado a aumentar millones de pensiones con base en la inflación

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) deberá actualizar las pensiones por viudez tomando como referencia el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC), y no el salario mínimo. El fallo, que ya lleva unos años, busca garantizar que las personas beneficiarias de este tipo de pensiones conserven su poder adquisitivo frente a la inflación.

La decisión, tomada por unanimidad en la Segunda Sala de la SCJN en octubre de 2023, establece un precedente relevante para miles de personas que reciben este tipo de pensión en el país, ya que el ajuste anual con base en el INPC permitirá que los pagos mantengan su valor real a lo largo del tiempo.

De acuerdo con la resolución, el salario mínimo no puede emplearse como referencia para actualizar la pensión de viudez, ya que esta no constituye una retribución laboral, sino una prestación de seguridad social destinada a proteger el bienestar económico del cónyuge sobreviviente.

La nueva Suprema Corte dictamina favorecer a miles de mujeres con una pensión de por vida y seguridad social

La nueva Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió su primera declaratoria de inconstitucionalidad en la tercera sesión del pleno. Por unanimidad, los ministros resolvieron favorecer a miles de mujeres al establecer que las concubinas de militares podrán recibir pensión por viudez y seguridad social, sin que sea requisito haber sido registradas previamente por sus parejas ante las instituciones castrenses.

El proyecto, elaborado por la ministra Lenia Batres, determinó que el artículo 160 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas es inconstitucional. Dicho artículo condicionaba el acceso a servicios médicos y pensiones únicamente a las esposas o concubinas formalmente dadas de alta por el militar, lo que generaba una discriminación hacia quienes no habían sido reconocidas oficialmente.

NUEVO SCJN

Otro fallo histórico: la Suprema Corte obliga al IMSS a hacerse cargo de por vida de los tratamientos médicos de una niña

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió un fallo histórico al amparar a una niña y a su madre para que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) se haga cargo de manera vitalicia de los tratamientos médicos necesarios debido a una negligencia que provocó ceguera en la menor recién nacida.

Además, el monto de la indemnización que reciban deberá calcularse con base en el salario mínimo vigente, protegiendo el interés superior de la niñez y considerando la perspectiva de género. El fallo fue resuelto en sesión de 27 de noviembre de 2024 por mayoría de cuatro votos y marca un precedente para hechos similares.

En casos genéricos de responsabilidad patrimonial del Estado, las indemnizaciones suelen calcularse con base en la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Sin embargo, la Corte determinó que este parámetro no es adecuado cuando las víctimas son menores de edad y el daño es personal, como en situaciones de negligencia médica.

Para niñas y niños, la metodología debe contemplar el interés superior de la niñez, lo que implica asegurar que las compensaciones cubran sus necesidades esenciales a lo largo de la vida.

La Suprema Corte de Justicia alegra a millones de trabajadores y confirma que podrán cobrar un fondo de ahorro

Llega fin de año y con ello los trabajadores mexicanos comienzan a hacer cuenta de los ingresos que recibirán como parte de su salario, como el aguinaldo, para cubrir los gastos de las compras navideñas, entre otros. Por ello, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) alegra a millones de asalariados al confirmar que podrán cobrar su fondo de ahorro sin temor a que puedan caducar.

Es importante recordar que el fondo de ahorro es una prestación social voluntaria y un beneficio que permite a los trabajadores ahorrar parte de su salario, a menudo con aportaciones adicionales de la empresa.

Las aportaciones periódicas (quincenales, mensuales, etc.) se acumulan en un fondo que se entrega al final de un periodo determinado.

Qué dice la Suprema Corte de Justicia sobre el fondo de ahorro

Respecto a la posible caducidad del fondo de ahorro, el Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Vigésimo Primer Circuito, destacó que el fondo de ahorro no caduca como otras prestaciones laborales.

El tribunal determinó que el fondo de ahorro no puede prescribir en los términos del artículo 516 de la LFT. La razón es que, a diferencia de otras prestaciones, el fondo de ahorro no se puede usar de inmediato. Es una cantidad que se acumula y cuya entrega está sujeta a un plazo previamente acordado, generalmente en el contrato colectivo de trabajo o en un reglamento interno.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha dejado claro que el fondo de ahorro es parte de ese salario, lo que refuerza su protección legal.

Suprema Corte también actúa ante el pedido de jubilados IMSS por devolución de fondos

El titular de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Hugo Aguilar Ortíz, recibió el pasado 22 de septiembre, a trabajadoras y trabajadores jubilados del IMSS, quienes reclaman la devolución de recursos acumulados en los seguros de cesantía en edad avanzada y vejez, así como cuotas sociales.

Durante la audiencia, los integrantes del Movimiento Social Jubilados en Pie de Lucha, demandaron la devolución de ahorros depositados en cuentas individuales administradas por Afores y la revisión de alrededor de 20 expedientes pendientes desde 2019 que no fueron resueltos por la administración anterior de la Corte.

Los ministros de la SCJN determinaron en este caso atraer los diversos amparos y revisar la jurisprudencia existente, con lo que revisan las demandas de ciudadanos en la primera audiencia pública que dio esta Corte.

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IMSS: estos pensionados no reciben aguinaldo 2025

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) confirmó que no todos los pensionados recibirán aguinaldo en noviembre de 2025, ya que el derecho a este beneficio depende del régimen bajo el cual el trabajador se haya jubilado. Millones de personas esperan este pago, considerado un alivio económico previo a las fiestas decembrinas.

De acuerdo con la información publicada en el portal oficial del IMSS, existen dos leyes que determinan las condiciones de las pensiones: la Ley del Seguro Social de 1973 (Ley 73) y la Ley del Seguro Social de 1997 (Ley 97). Solo quienes se pensionaron bajo la primera,es decir, los trabajadores que comenzaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997, tendrán derecho a recibir el aguinaldo anual.

El IMSS precisó que los jubilados conforme a la Ley del 97 no recibirán aguinaldo en 2025, ya que este régimen funciona bajo un esquema de cuentas individuales administradas por las Afores. En dicho sistema, los recursos que se entregan al momento del retiro dependen directamente de los ahorros acumulados por cada trabajador, y no contemplan pagos adicionales como el aguinaldo.

SUPREMA CORTE JUSTICIA MEXICO

Por el contrario, los pensionados bajo la Ley 73, particularmente aquellos con pensión por Cesantía en Edad Avanzada o Vejez, sí recibirán este beneficio. El monto corresponderá al equivalente de una mensualidad completa de su pensión, sin incluir asignaciones familiares ni ayudas asistenciales.

IMSS e ISSSTE: fecha de pago del aguinaldo 2025

El aguinaldo 2025 para los pensionados del IMSS e ISSSTE ya tiene fechas definidas de pago, de acuerdo con los calendarios oficiales de ambas instituciones. Este beneficio, considerado un derecho irrenunciable, representa un ingreso adicional vital para millones de adultos mayores en México, quienes lo reciben como compensación anual por sus años de servicio.

En el caso del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), los pensionados bajo el régimen anterior a la reforma de 1997, es decir, quienes se pensionaron por cesantía en edad avanzada o vejez conforme a la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997, recibirán su aguinaldo equivalente a una mensualidad de pensión en noviembre. Este pago se realizará el lunes 3 de noviembre de 2025, junto con la pensión del mes. Es importante mencionar que aquellos pensionados bajo la ley vigente a partir del 1 de julio de 1997 no reciben esta prestación.

En el caso del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), el aguinaldo se entrega en dos partes: la primera mitad llegará durante la primera quincena de noviembre, y la segunda junto con el primer pago del 2026, es decir, el 2 de enero. Este esquema permite a los jubilados del ISSSTE contar con un ingreso adicional tanto para las fiestas decembrinas como para el inicio del nuevo año.

SHEINBAUM IMSS ISSSTE

Este es el monto que recibirán los pensionados IMSS e ISSSTE por el aguinaldo 2025

Los montos que deben recibir los pensionados varían según la institución. Los beneficiarios del IMSS recibirán un aguinaldo equivalente a 30 días de su pensión mensual. Por otro lado, los pensionados del ISSSTE recibirán un total de 40 días de pensión, distribuidos en las dos partes. Este ingreso adicional es fundamental para muchos, ya que les permite cubrir gastos extraordinarios y disfrutar de las festividades con mayor tranquilidad.

Pensión IMSS e ISSSTE: los pagos que restan en 2025

Pensión IMSS

  • Noviembre 2025: 3 de noviembre.
  • Aguinaldo 2025: 3 de noviembre.
  • Diciembre 2025: 1 de diciembre.

Pensión ISSSTE

  • Noviembre 2025: 31 de octubre.
  • Aguinaldo 2025: primera quincena de noviembre.
  • Diciembre 2025: 28 de noviembre.

IMSS e ISSSTE: Claudia Sheinbaum revierte la reforma del 2007 y aumenta millones de pensiones

La presidenta Claudia Sheinbaum lleva adelante este 2025 la implementación del Fondo de Pensiones y asegura se se trabaja en su fortalecimiento, con el objetivo de que todos los pensionados del IMSS e ISSSTE pueden tener un retiro digno.

“El Fondo de Pensiones para el Bienestar es una manera de revertir la reforma del 2007 porque les da pensiones dignas a todos aquellos que se quedaron en cuentas individuales", expresó la mandataria en junio de este año, durante una de sus habituales Mañaneras del Pueblo.

"En vez de retirarse con cuatro mil pesos, si ganaban 16 mil, se van a retirar con un ingreso mensual de 16 mil pesos de manera automática”, añadió al respecto la mandataria.

Fondo de Pensiones para el Bienestar para IMSS e ISSSTE: los requisitos para ser beneficiario

El Fondo de Pensiones para el Bienestar fue aprobado por el Congreso y tiene como objetivo garantizar que los trabajadores que se jubilen bajo el régimen de Afores (a partir de 2024) reciban una pensión equivalente al 100% de su último salario, siempre y cuando éste no supere el tope de 16,777 pesos mensuales.

Para acceder a este complemento, los trabajadores deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Estar inscritos en el IMSS o ISSSTE.
  • Haberse jubilado o jubilarse bajo el régimen de cuentas individuales (Ley del IMSS 1997 o ISSSTE 2007).
  • Haber cumplido con el mínimo de semanas o años cotizados requeridos por su respectivo instituto.
  • Tener una pensión inicial inferior al 100% de su último salario registrado.
  • Solicitar el complemento a través del procedimiento que habilitará el Gobierno Federal una vez que el fondo esté en operación.

Cabe destacar que el financiamiento del fondo proviene de diversas fuentes públicas, como cuentas inactivas de las Afores, utilidades de empresas públicas, y aportaciones del propio gobierno. Según lo informado, los primeros pagos de este complemento se comenzarán a realizar a partir de julio de 2024, beneficiando inicialmente a más de 10,000 jubilados.

aguinaldo jubilados
Pensión IMSS: estos jubilados son los únicos que recibirán aguinaldo en 2025

Pensión IMSS: estos jubilados son los únicos que recibirán aguinaldo en 2025

Qué jubilados del IMSS e ISSSTE deben pagar impuestos al SAT

De acuerdo con el artículo 93 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR), los pensionados del IMSS y del ISSSTE están exentos del pago de impuestos sobre sus pensiones hasta por un monto equivalente a 15 UMA diarias (Unidad de Medida y Actualización). En 2025, esto representa un ingreso mensual aproximado de $49,995 pesos.

Esto significa que si un jubilado recibe una pensión menor a ese monto mensual, no está obligado a pagar impuestos al SAT. Sin embargo, si sus ingresos superan ese límite, ya sea porque recibe una pensión elevada o porque percibe otras fuentes de ingreso además de la pensión (como arrendamientos, honorarios, actividades empresariales o inversiones), entonces sí está obligado a declarar y, eventualmente, a pagar impuestos.

Por ejemplo, si una persona jubilada recibe una pensión de $60,000 mensuales del IMSS o ISSSTE, los primeros $49,995 están exentos, pero los $10,005 restantes sí deben pagar ISR, y por lo tanto es necesario presentarse ante el SAT. Lo mismo ocurre si la persona percibe pensión y además tiene ingresos por rentas o actividad económica.

Modalidad 40 del IMSS: estos son los nuevos cambios

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) anunció cambios significativos en la Modalidad 40, el régimen que permite a los trabajadores continuar aportando voluntariamente para fortalecer el monto de su futura pensión.

La principal modificación es el aumento de la cuota mensual, que pasa a ser del 13.347 % del salario registrado ante el IMSS, aunque se mantiene un límite máximo sobre el salario que se puede tomar de referencia para calcular el pago.

En cuanto a los requisitos, se estableció que para ingresar a este esquema se debe haber cotizado al menos 52 semanas en los últimos cinco años antes de darse de baja del régimen obligatorio.

Además, no deben haber transcurrido más de cinco años desde la baja; quienes superen ese plazo ya no podrán inscribirse en la Modalidad 40.

Cómo quedó la pensión mínima garantizada de la Ley 73 del IMSS

En noviembre 2025, la pensión mínima garantizada bajo la Ley 73 del IMSS asciende a aproximadamente $9,407 pesos mensuales, de acuerdo con el salario mínimo general en México y los ajustes anuales correspondientes. Este monto es el mínimo que un jubilado puede recibir si cumple con los requisitos establecidos por la ley.

La cantidad puede variar ligeramente dependiendo de factores como la zona geográfica y los incrementos aplicados al salario mínimo, pero siempre busca asegurar que los pensionados cuenten con un ingreso suficiente para cubrir sus necesidades básicas.

Es importante destacar que este beneficio aplica únicamente a quienes hayan cotizado al IMSS bajo el régimen de la Ley 73 y hayan cumplido con al menos 500 semanas de cotización, además de haber alcanzado la edad mínima de retiro, que es de 60 años para pensión por cesantía en edad avanzada o 65 años para vejez.

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Checa toda la información del IMSS en esta nota.

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IMSS e ISSSTE confirman pago triple en noviembre 2025

Mientras millones de pensionados disfrutan esta semana del pago de octubre 2025, tanto del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) como del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), ambos organismos adelantaron una excelente noticia para millones de adultos mayores: recibirán pago triple en noviembre 2025.

Todos los pensionados del IMSS e ISSSTE tienen asegurado un doble depósito en el penúltimo mes del año, ya que recibirán la pensión mensual habitual y el aguinaldo. Pero, en muchos casos, también recibirán en sus cuentas los $6,200 correspondientes a la Pensión del Bienestar, los cuales entrega el Gobierno federal de Claudia Sheinbaum.

De esta manera, todos los adultos mayores de 65 años que estén registrados en la Pensión del Bienestar, y que también coticen en el IMSS o el ISSSTE, disfrutarán de tres depósitos en muy pocos días. En algunos casos, inclusive, los mismos caerán la misma jornada.

IMSS Ley 97: cuánto dinero necesitas en tu Afore para cobrar una pensión de 40 mil pesos

De acuerdo con especialistas en pensiones y datos revelados por el IMSS, el requisito clave para recibir una pensión de 40 mil pesos mensuales bajo la Ley 97 es contar con un saldo acumulado en tu Afore de al menos 12 millones de pesos al momento del retiro. Esta cifra puede variar dependiendo de la edad de jubilación, la esperanza de vida y los rendimientos generados por la administradora de fondos.

La Ley 97 establece que la pensión no proviene de una aportación solidaria del Estado, sino del ahorro acumulado en la cuenta individual del trabajador. Esto quiere decir que mientras mayor sea tu ahorro y los rendimientos obtenidos, más alta será la pensión que recibirás.

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Estos son los importantes descuentos que ofrece IMSS

  • Autobús con 50% de descuento: Las principales líneas de autobuses de México brindan descuentos a pensionados con credencial IMSS de entre 30% y 50% en viajes foráneos.
  • Descuentos en cine y teatro: Diversas cadenas de cine y recintos culturales aplican tarifas reducidas para pensionados. Es un beneficio poco usado, pero muy accesible si presentas tu credencial del IMSS en taquilla.
  • Descuentos en medicinas: Farmacias reconocidas y convenios con farmacias del propio IMSS otorgan descuentos adicionales en medicamentos de patente o genéricos.
  • Beneficios en supermercados y tiendas comerciales: cadenas comerciales ofrecen días especiales de descuentos para pensionados y adultos mayores, consulta en tus tiendas si aplicas a ese beneficio.

Cómo acceder a los beneficios de GeriatrIMSS

Cada una de las unidades médicas del IMSS localizadas en todo el país, cuentan con su área de geriatría, allí los adultos mayores podrán recibir atención especial para mejorar su calidad de vida, desde el punto de vista nutricional, psicológico, social, entre otros.

La doctora María Fernanda Bermúdez Castillo, médico geriatra adscrita al Servicio de Medicina Interna del Hospital General del Centro Médico Nacional (CMN) La Raza, indicó que alrededor de nueve millones de derechohabientes en el IMSS son personas mayores de 60 años, las cuales en su mayoría requieren valoración geriátrica integral en el ámbito psicosocial, atención en hospitalización, rehabilitación y fortalecimiento de redes de apoyo.

Bajo este contexto, el IMSS, al igual que INAPAM, buscan mejorar las condiciones de acceso al sistema sanitario para que los adultos mayores puedan disfrutar de una mejor calidad de vida.

IMSS Ley 73: cuánto dinero te corresponde si te jubilas antes de los 65 años

De acuerdo con la Ley 73, quienes soliciten la Pensión por Cesantía en Edad Avanzada reciben un porcentaje de su salario promedio de los últimos cinco años laborados, el cual depende de la edad exacta en la que se jubilen.

Los porcentajes establecidos son:

  • 60 años: 75%.

  • 61 años: 80%.

  • 62 años: 85%.

  • 63 años: 90%.

  • 64 años: 95%.

  • 65 años: 100% (Pensión de Vejez).

Aunque la posibilidad de pensionarse antes resulta atractiva para quienes ya no desean seguir trabajando, es importante tener presente que este porcentaje menor impactará de forma permanente en el monto mensual a recibir.

IMSS

IMSS e ISSSTE: cuántos años puedes dejar de cotizar sin perder tu pensión

Si has dejado de aportar al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el tiempo que puedes estar inactivo afecta la forma en que se recuperan tus semanas cotizadas previamente:

Si la interrupción es menor a 3 años: Las semanas que tenías acumuladas se reactivan de forma automática al momento en que vuelves a cotizar.

Si dejaste de cotizar entre 3 y menos de 6 años: Para que tus semanas anteriores se reconozcan, necesitarás cotizar nuevamente un mínimo de 26 semanas (aproximadamente seis meses).

Si llevas más de 6 años sin cotizar: La reactivación de tus semanas previas requiere que acumules al menos 52 semanas nuevas de cotización (un año completo).

Es fundamental recordar los requisitos mínimos de semanas o años de servicio para poder acceder a una pensión en el sistema mexicano:

  • Ley del IMSS de 1973 (Ley 73) 500 semanas cotizadas.
  • Ley del IMSS de 1997 (Ley 97) 850 semanas cotizadas en 2025 (este requisito aumentará progresivamente hasta llegar a 1,000 en el año 2031).
  • Ley del ISSSTE de 2007 25 años de servicio reconocidos.

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