La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió un fallo histórico este 2025 que beneficia a miles de familias mexicanas, al declarar inconstitucional la exclusión de los padres del trabajador fallecido del derecho a recibir pensión por muerte cuando existen otros beneficiarios, como el cónyuge o los hijos.
La Suprema Corte obliga al IMSS a otorgar la pensión a miles de mexicanos a quienes se les había negado: de qué se trata el fallo
La resolución se llevó a cabo este año y marca un hito para el conflicto judicial de cientos de familias.
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La Suprema Corte le quita la pensión del IMSS a miles de trabajadores mexicanos: en estos casos aplica el fallo
Suprema Corte falla contra el IMSS.
La Segunda Sala de la Corte resolvió en julio pasado que los padres adultos mayores o con discapacidad que dependían económicamente del trabajador fallecido también tienen derecho a recibir la pensión en concurrencia con los demás beneficiarios, al considerar que esta situación refleja una dependencia real y debe ser reconocida por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Suprema Corte trata de "discriminatoria" la exclusión del IMSS
Según la resolución, dicha exclusión dentro del Régimen de Pensiones del IMSS resultaba discriminatoria, ya que ignoraba la realidad de muchas familias mexicanas donde los padres dependen del sustento económico de sus hijos.
El fallo subraya, además, que el derecho a la pensión debe adaptarse a la diversidad de los modelos familiares actuales, y no limitarse al esquema tradicional de cónyuge e hijos.
El criterio fue establecido en el amparo directo en revisión 826/2025, con ponencia del ministro Alberto Pérez Dayán, y aprobado por unanimidad el pasado 2 de julio de 2025. La decisión sienta un precedente que obliga al IMSS a reconocer este derecho en casos similares, fortaleciendo la protección social de los adultos mayores y las personas con discapacidad en México.
La Suprema Corte y el embargo de cuentas Afore del IMSS
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) también emitió este año otro fallo histórico que involucra a las pensiones del IMSS: por unanimidad, la Primera Sala resolvió que las cuentas de Afore de pensionados y jubilados podrán ser embargadas en caso de incumplimiento de obligaciones de pensión alimenticia. El criterio rompe con la idea de que las subcuentas de retiro eran intocables, estableciendo que su inembargabilidad no es absoluta.
El amparo en revisión 652/2024, que dio origen a este dictamen, precisó que la medida se aplicará únicamente cuando el deudor se encuentre desempleado y no posea otros bienes embargables para responder legalmente. La Corte aclaró que, en estos casos, el derecho de los menores a recibir pensión alimenticia prevalece sobre el patrimonio del trabajador o jubilado.
De acuerdo con la resolución, los fondos de la Afore podrán ser embargados únicamente en la misma proporción que la ley permite retirar en situaciones de desempleo. Esto equivale al monto menor entre 75 días del salario básico de los últimos cinco años o el 10% del saldo total de la subcuenta. De esta manera, el retiro parcial con fines alimenticios no podrá exceder lo que ya estaba regulado por la normatividad.
Otro fallo de la Suprema Corte: le niega pensión de vejez a estos trabajadores del IMSS
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió otra resolución que afecta directamente a miles de trabajadores del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), al determinar que quienes ya reciben una pensión por jubilación bajo el Régimen de Jubilaciones y Pensiones (RJP) no podrán cobrar también la pensión de vejez establecida en la Ley del Seguro Social.
De acuerdo con la Suprema Corte, el régimen de jubilaciones del IMSS, acordado en el contrato colectivo de trabajo con el Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social (SNTSS), ya incluye dentro de sus beneficios la pensión de vejez. Por tanto, los empleados que gozan de esa jubilación no tienen derecho a recibir una segunda pensión por el mismo concepto.
El fallo aclara que este régimen tiene un carácter extralegal, es decir, va más allá de lo que establece la Ley del Seguro Social, pues otorga a los trabajadores una protección más amplia al incorporar coberturas por invalidez, riesgos de trabajo, edad avanzada, fallecimiento y ayudas asistenciales o familiares.
Suprema Corte también actúa ante el pedido de jubilados IMSS por devolución de fondos
El titular de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Hugo Aguilar Ortíz, recibió el pasado 22 de septiembre, a trabajadoras y trabajadores jubilados del IMSS, quienes reclaman la devolución de recursos acumulados en los seguros de cesantía en edad avanzada y vejez, así como cuotas sociales.
Durante la audiencia, los integrantes del Movimiento Social Jubilados en Pie de Lucha, demandaron la devolución de ahorros depositados en cuentas individuales administradas por Afores y la revisión de alrededor de 20 expedientes pendientes desde 2019 que no fueron resueltos por la administración anterior de la Corte.
Los ministros de la SCJN determinaron en este caso atraer los diversos amparos y revisar la jurisprudencia existente, con lo que revisan las demandas de ciudadanos en la primera audiencia pública que dio esta Corte.
La Suprema Corte obliga al IMSS a darle el 90% de la pensión a los padres de un pensionado fallecido
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) definió que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) deberá otorgar el 90% de la pensión a los padres de un trabajador fallecido cuando estos sean dependientes económicos y no existan otros beneficiarios como cónyuge, concubina o hijos.
La Segunda Sala del máximo tribunal determinó que la Ley del Seguro Social de 1973 viola el derecho a la igualdad al establecer porcentajes distintos para calcular las pensiones según el parentesco con el asegurado.
La decisión se tomó de forma unánime en la sesión del 29 de noviembre de 2023, bajo la ponencia del ministro Alberto Pérez Dayán, en el amparo en revisión 252/2023.





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