La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha dictado meses atrás una sentencia que reconfigura las reglas del juego financiero para millones de afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE). En un fallo unánime que sienta un precedente inmediato, la Primera Sala determinó que las cuentas de Afore ya no son intocables: podrán ser embargadas si el titular incumple con su obligación de pagar pensión alimenticia.
IMSS e ISSSTE: la Suprema Corte embarga cuentas de Afore de pensionados y jubilados que no cumplan con esta obligación en marzo 2026
El fallo le puso fin a la inembargabilidad de los ahorros para el retiro. Checa todos los detalles.
-
IMSS le recuerda a millones de pensionados que pueden reclamar este dinero que seguro no sabían tenían en 2026
-
IMSS alegra a millones de mexicanos tras eliminar requisito para acceder a popular pensión: de qué se trata
IMSS e ISSSTE: fallo histórico sobre cuentas Afore.
El criterio jurídico derriba la barrera que protegía las subcuentas de retiro ante cualquier deuda, estableciendo que el derecho de los menores a recibir sustento está por encima de la seguridad patrimonial del adulto, incluso cuando se trata de su vejez.
IMSS e ISSSTE: cuándo te pueden embargar tu cuenta Afore por incumplir pensión alimenticia, según la SCJN
El fallo, derivado del amparo en revisión 652/2024, es estricto pero claro. No significa que cualquier deuda bancaria pondrá en riesgo tu retiro, ni que el embargo sea automático en todos los casos. La Corte precisó dos condiciones fundamentales para que un juez ordene tocar estos fondos:
- Insolvencia de bienes: Se aplicará cuando el deudor no posea otros bienes embargables (casas, autos, cuentas bancarias líquidas) para responder legalmente.
- Desempleo: La medida está diseñada para ejecutarse cuando el deudor se encuentre sin trabajo formal, evitando así que la falta de ingresos salariales sea una excusa para el impago de alimentos.
Embargo a cuentas Afore del IMSS e ISSSTE: este es el dinero que pueden quitarte
Para proteger la subsistencia futura del deudor, la SCJN no autorizó el vaciado total de la cuenta. La resolución establece un límite financiero basado en la misma proporcionalidad que la ley permite para los retiros por desempleo.
El monto máximo a embargar será lo que resulte menor entre estas dos opciones:
- 75 días de tu salario base de cotización de los últimos cinco años.
- El 10% del saldo total acumulado en la subcuenta de retiro.
De esta manera, la justicia busca un equilibrio: garantizar el alimento del menor sin dejar en la indigencia total al titular de la cuenta. El trasfondo de esta decisión es ético y legal. Los ministros enfatizaron que el "interés superior del menor" es el principio rector. Bajo esta lógica, los derechos de alimentación y supervivencia de los niños no pueden estar supeditados a la protección financiera de los adultos.
Con esta resolución, la SCJN envía un mensaje contundente a los deudores alimentarios afiliados al sistema de seguridad social: los ahorros para el retiro han dejado de ser un "búnker" legal contra las obligaciones familiares.



Dejá tu comentario