La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió un fallo histórico este 2025 al conceder un amparo a una mujer contra el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), tras confirmarse que personal médico entregó por error el cuerpo de su madre a otra familia en Quintana Roo. La decisión obliga al organismo a reconocer el daño moral causado y a pagar una indemnización económica millonaria.
IMSS le paga millones de pesos a mexicana por orden de la Suprema Corte: quiénes pueden reclamar también
Fallo histórico del máximo tribunal dictaminado en marzo de este año. En esta nota, todo lo que debes saber.
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Castigo del IMSS por parte de la Suprema Corte.
De acuerdo con la resolución de la Segunda Sala de la Corte, el IMSS incurrió en una actividad irregular del Estado, pues el intercambio de cadáveres vulneró derechos fundamentales, al impedir a la afectada despedir a su madre conforme a sus creencias religiosas y realizar los rituales funerarios correspondientes.
El tribunal subrayó que, si bien en la mayoría de los casos corresponde al demandante probar el daño o la negligencia, en esta situación se configuró una excepción, ya que la propia autoridad reconoció el error. Por tanto, la Corte consideró que exigir pruebas adicionales sería innecesario y redundante, al tratarse de un hecho evidente y aceptado por el IMSS.
En qué otros casos del IMSS aplica este fallo de la Suprema Corte
La sentencia abre la puerta para que otros ciudadanos afectados por errores graves del sector público, especialmente en instituciones de salud, puedan reclamar compensaciones por daño moral, incluso cuando los perjuicios sean de carácter emocional o espiritual.
Entre los casos en los que podría aplicarse este criterio se incluyen:
- Entrega incorrecta o pérdida de restos humanos en hospitales o morgues.
- Negligencia médica que derive en la pérdida de familiares sin atención adecuada.
- Actos administrativos que impidan ejercer rituales o prácticas religiosas durante procesos de duelo.
- Errores documentales o de identidad que vulneren derechos familiares o emocionales.



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