El esquema de pensiones bajo la Ley del Seguro Social de 1973 del IMSS sufrió una modificación judicial que transforma radicalmente los beneficios para los familiares ascendientes y que aún muchos desconocen. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha emitido un criterio obligatorio que tumba una barrera discriminatoria y ordena un aumento sustancial en los pagos para padres y madres de asegurados fallecidos.
IMSS Ley 73 cambia para siempre: estos pensionados reciben aumento automático del 70% por orden de la Suprema Corte
Un fallo histórico del Máximo Tribunal corrige una discriminación de décadas. Los padres que dependían de trabajadores fallecidos dejarán de recibir "migajas" y ahora tendrán derecho al 90% de la pensión, equiparándose con las viudas.
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Qué cambios impuso la Suprema Corte a la Ley 73 del IMSS.
La resolución, derivada de un análisis de constitucionalidad, determinó que la normativa vigente vulneraba el derecho a la igualdad. ¿La razón? El IMSS pagaba montos muy distintos dependiendo de quién era el beneficiario: si era la esposa (viudez), le tocaba el 90% de la pensión; pero si eran los padres (ascendientes), la ley los limitaba a un escaso 20%.
IMSS Ley 73: fin de la brecha del 70%
El fallo de la Corte es contundente: no existe justificación legal para que, ante la falta de una familia nuclear (esposa e hijos), los padres que dependían económicamente del trabajador reciban menos dinero que el que hubiera recibido un cónyuge.
Por ello, la SCJN ha ordenado al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) equiparar los porcentajes.
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Antes: Los padres recibían el 20% de la pensión que le hubiera correspondido al trabajador.
Ahora: Tienen derecho a recibir el 90%, lo que representa un aumento automático del 70% en la base de cálculo respecto a la regla anterior.
IMSS Ley 73: quiénes son los beneficiarios de este aumento
Es vital aclarar que este beneficio no aplica para todos los pensionados, sino para un grupo específico que históricamente había quedado desprotegido.
Para acceder a este ajuste del 90%, se deben cumplir dos condiciones simultáneas:
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Dependencia Económica: Los padres deben acreditar que dependían financieramente del trabajador asegurado que falleció.
Inexistencia de otros beneficiarios: Este derecho se activa cuando no existen cónyuge, hijos o concubina con derecho a pensión. Es decir, los padres pasan a ser los beneficiarios principales y absorben el monto que estaba reservado para la "viudez".
IMSS Ley 73: un precedente obligatorio
Lo más relevante de esta noticia para el ámbito legal y financiero es que la decisión de la Corte crea un precedente obligatorio. Esto significa que la interpretación de la Ley 73 ha cambiado para siempre: jueces y tribunales en todo México deberán aplicar este criterio en casos similares.
Si el IMSS niega este porcentaje de entrada, los beneficiarios ahora tienen la ley y la jurisprudencia de su lado para exigir, mediante los recursos legales correspondientes, que se les pague el 90% y no el 20% que estipulaba la norma considerada discriminatoria.




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