La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dictaminó el año pasado que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) deberá otorgar la pensión de viudez a todas las concubinas que acrediten su relación con un trabajador o pensionado fallecido, sin importar que existan varias al mismo tiempo. De esta manera, cambió para siempre el panorama de las pensiones y le otorgó derechos a miles de mujeres que habían quedado exlcuidas.
IMSS ya no puede negarle la pensión a estas mujeres y está obligado a depositarles dinero de por vida por orden de la Suprema Corte
El máximo tribunal, en un fallo de 2025, dejó atrás decenas de conflictos que se habían generado tras la muerte de pensionados con más de una concubina.
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IMSS debe entregar pensiones a todas las concubinas de un fallecido.
La resolución fue tomada por la Segunda Sala del máximo tribunal del país, que consideró inconstitucional el artículo de la Ley del Seguro Social que negaba el beneficio cuando la persona asegurada mantenía más de una relación de concubinato. Según los ministros, esta restricción vulnera los derechos a la seguridad social y a la protección de la familia, al imponer un modelo de vida que no refleja la realidad social mexicana.
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En su decisión, aprobada el 14de febrero de 2024, la Suprema Corte subrayó que no existe una justificación válida para negar la pensión a más de una concubina si todas acreditan legalmente su relación con el fallecido.
Por ello, cuando varias mujeres se presenten como beneficiarias, la autoridad administrativa deberá comprobar la autenticidad del vínculo y, en caso de acreditarse, dividir el monto de la pensión entre todas las concurrentes.
El fallo, derivado del amparo en revisión 505/2023, fue elaborado por la ministra Lenia Batres Guadarrama y aprobado por mayoría de cuatro votos, con la única oposición del ministro Alberto Pérez Dayán. Con esta resolución, el IMSS debió ajustar sus criterios internos para reconocer a múltiples beneficiarias en los casos donde existan pruebas de convivencia y dependencia económica.
La decisión marcó un precedente relevante, al ampliar la interpretación de los derechos familiares en materia de seguridad social y reconocer la diversidad de estructuras familiares en México. Además, sirvió como criterio de referencia obligatoria para tribunales y autoridades que enfrenten casos similares, consolidando una visión más incluyente y moderna de la familia mexicana.



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