La medida de Claudia Sheinbaum ya está vigente y permite que un grupo específico de trabajadores del Estado pueda jubilarse antes de la edad que contemplaba el calendario anterior. El decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 24 de junio de 2025 estableció una reducción gradual de la edad mínima para quienes pertenecen al régimen del Décimo Transitorio del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).
En 2026, las trabajadoras del ISSSTE que cumplen las condiciones pueden acceder a la jubilación desde los 56 años, mientras que para los trabajadores la edad mínima es de 58 años. El beneficio no elimina el requisito de antigüedad: se mantienen al menos 28 años de servicio para mujeres y 30 años para hombres, además de las demás condiciones previstas por el régimen.
Cómo funcionan los Consejos Consultivos del ISSSTE
La reforma representa una ventaja importante porque quienes reúnen los requisitos pueden obtener una pensión por jubilación equivalente al 100% del promedio del sueldo básico del último año de servicio, sujeto a los límites establecidos para este régimen. Sin embargo, no se trata de un beneficio para todos los trabajadores mexicanos ni para todas las personas afiliadas al ISSSTE: está dirigido a quienes permanecen en el Décimo Transitorio y no optaron por los bonos de pensión.
De qué se trata la jubilación temprana de Claudia Sheinbaum para el ISSSTE
El cambio impulsado durante el gobierno de Claudia Sheinbaum modificó el calendario de edades para la jubilación de los trabajadores que pertenecen al régimen del Décimo Transitorio de la Ley del ISSSTE. El decreto reconoce el derecho a una pensión jubilatoria y ordena detener y reducir gradualmente la edad mínima exigida, siempre que se cumpla con la antigüedad establecida.
Para 2026 y 2027, la edad mínima quedó en 56 años para las mujeres y 58 años para los hombres. Posteriormente continuará la reducción: entre 2028 y 2030 será de 55 años para mujeres y 57 para hombres; entre 2031 y 2033 bajará a 54 y 56 años, respectivamente, y desde 2034 se ubicará en 53 años para mujeres y 55 para hombres.
El punto central es que la reducción de edad no significa una reducción automática de la pensión. Para la modalidad de jubilación, PENSIONISSSTE señala que las trabajadoras deben acreditar al menos 28 años de servicio y los trabajadores 30 años, además de cumplir con la edad correspondiente al año en que soliciten el retiro.
Jubilación temprana del ISSSTE: requisitos y pasos
El primer requisito es pertenecer al régimen Décimo Transitorio, correspondiente a trabajadores que se encontraban activos al 31 de marzo de 2007 y permanecieron en el esquema anterior modificado de la Ley del ISSSTE, sin haber optado por el Bono de Pensión. Por ello, quienes están en el régimen de Cuentas Individuales no pueden acceder a esta modalidad de jubilación únicamente por cumplir la edad reducida.
Además, se deben acreditar 28 años o más de servicio en el caso de las mujeres y 30 años o más para los hombres. También es necesario haber causado baja como trabajador para solicitar la pensión, mientras que el ISSSTE cuenta con un simulador oficial que permite estimar el monto aproximado con datos como antigüedad, fecha de baja, fecha de nacimiento y promedio del sueldo básico del último año.
El trámite requiere revisar previamente el historial laboral y reunir la documentación correspondiente. PENSIONISSSTE indica que la persona interesada debe acudir al Departamento de Pensiones de la delegación del ISSSTE que le corresponda para solicitar la Concesión de Pensión, por lo que conviene verificar que los años de servicio estén correctamente registrados antes de iniciar el proceso.
Jubilación temprana del ISSSTE: los consejos
Antes de solicitar la jubilación temprana del ISSSTE, uno de los pasos más importantes es revisar la información registrada por el instituto y confirmar que la antigüedad sea correcta. El propio ISSSTE dispone de un Simulador de Pensiones para el régimen de reparto, aunque aclara que el resultado es únicamente informativo y no tiene validez jurídica para otorgar una pensión.
También es recomendable comprobar que la persona efectivamente pertenece al Décimo Transitorio y no al sistema de cuentas individuales. Esta diferencia es fundamental, porque la reforma de Sheinbaum sobre la reducción de la edad mínima fue diseñada específicamente para quienes permanecieron en ese régimen.