22 de noviembre 2025 - 20:00

Millones de pensiones del IMSS aumentan con base en la inflación por orden de Suprema Corte

Se trata de una resolución tomada hace dos años y que ha protegido la economía de muchas familias mexicanas. Aplica en pensiones por viudez.

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) deberá actualizar las pensiones por viudez tomando como referencia el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC), y no el salario mínimo. El fallo, que ya lleva unos años, busca garantizar que las personas beneficiarias de este tipo de pensiones conserven su poder adquisitivo frente a la inflación.

La decisión, tomada por unanimidad en la Segunda Sala de la SCJN en octubre de 2023, establece un precedente relevante para miles de personas que reciben este tipo de pensión en el país, ya que el ajuste anual con base en el INPC permitirá que los pagos mantengan su valor real a lo largo del tiempo.

De acuerdo con la resolución, el salario mínimo no puede emplearse como referencia para actualizar la pensión de viudez, ya que esta no constituye una retribución laboral, sino una prestación de seguridad social destinada a proteger el bienestar económico del cónyuge sobreviviente.

IMSS

En cambio, utilizar el Índice Nacional de Precios al Consumidor, calculado por el INEGI, permite reflejar de forma más precisa las variaciones en los precios de bienes y servicios que integran la canasta básica, mitigando así el impacto de la inflación. Con esta medida, la Corte busca que las pensiones mantengan su capacidad de compra y no se vean erosionadas con el paso del tiempo.

Suprema Corte: fallo que aplica a pensiones otorgadas bajo Ley 95

El fallo deriva del Amparo en Revisión 180/2023, resuelto el 18 de octubre de 2023, con la ministra Loretta Ortiz Ahlf como ponente. En el documento se reitera que el IMSS está obligado a aplicar los ajustes anuales conforme al INPC para todas las pensiones de viudez otorgadas bajo la Ley del Seguro Social de 1995, publicada el 21 de diciembre de ese año.

La resolución también aclara que esta interpretación es válida en todos los casos donde la pensión derive de esa legislación, lo que incluye a millones de beneficiarios actuales y futuros que dependen de las prestaciones de viudez otorgadas por el Instituto.

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