25 de abril 2025 - 11:00

Modalidad 40 del IMSS: estos trabajadores pierden los beneficios de la Ley 73

Descubre qué beneficios podrían perder los trabajadores mexicanos con la modalidad 40 que da el IMSS.

Qué beneficios podés perder en el IMSS.

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La Modalidad 40 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) es una opción muy valorada entre los trabajadores que desean mejorar el monto de su pensión antes de jubilarse. Esta alternativa permite continuar realizando aportaciones voluntarias una vez que se ha dejado de trabajar formalmente, para aumentar las semanas cotizadas y el salario base de cotización.

Sin embargo, no todos los trabajadores que optan por esta modalidad pueden acceder a los beneficios más generosos de la Ley 73, lo que genera dudas y posibles decepciones en quienes esperaban una pensión más alta.

Pensión IMSS mexico
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La Ley del Seguro Social ha cambiado a lo largo del tiempo, y existen diferencias importantes entre quienes comenzaron a cotizar antes y después del 1 de julio de 1997. Esta fecha marca el límite entre el régimen anterior, conocido como Ley 73, y el nuevo sistema de cuentas individuales, establecido por la Ley 97. Aunque muchos trabajadores creen que al incorporarse a la Modalidad 40 automáticamente conservan los beneficios del régimen anterior, lo cierto es que esto depende del historial de cotización y otros factores.

En los últimos meses, ha crecido el interés por entender con claridad quiénes califican para seguir bajo la Ley 73 y quiénes no. Es fundamental conocer los requisitos específicos para no llevarse sorpresas al momento de hacer el trámite de pensión. En especial, hay ciertos grupos de trabajadores que, pese a usar la Modalidad 40, quedan excluidos de los beneficios del antiguo régimen.

Estos trabajadores quedan fuera de la Ley 73 del IMSS: las diferencias con la Ley 97

Uno de los principales requisitos para conservar los beneficios de la Ley 73 es haber cotizado al IMSS antes del 1 de julio de 1997 y no haberse cambiado al régimen de cuentas individuales. Además, es indispensable no haber perdido la conservación de derechos, es decir, el periodo durante el cual el trabajador puede seguir aportando voluntariamente sin perder su antigüedad en el sistema. Si este lapso se vence, aunque se retomen las aportaciones a través de la Modalidad 40, el trabajador será reubicado automáticamente bajo el régimen de la Ley 97.

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Esto significa que muchos trabajadores que dejaron de cotizar durante años y luego intentan recuperar semanas con la Modalidad 40, pueden verse sorprendidos al descubrir que ya no califican para una pensión calculada con base en el promedio de sus últimos salarios y años de cotización, como lo establece la Ley 73. En su lugar, obtendrán una pensión basada en el saldo acumulado en su cuenta individual de Afore, lo cual suele representar un monto considerablemente menor.

Otro grupo afectado son aquellos que comenzaron a cotizar por primera vez después de julio de 1997. Estos trabajadores, aunque paguen altas cantidades en la Modalidad 40, no tienen derecho a los beneficios de la Ley 73 porque nunca formaron parte de ese régimen. En su caso, su pensión dependerá enteramente del rendimiento de su cuenta Afore y del monto acumulado durante su vida laboral. Esta diferencia es clave para entender por qué no todos los trabajadores pueden aspirar a una pensión elevada bajo la Modalidad 40, y por qué es crucial recibir asesoría personalizada antes de tomar decisiones al respecto.

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