Dentro de las amplias funciones y facultades que tiene el Servicio de Administración Tributaria (SAT) se encuentra la posibilidad de bloquear de inmediato cuentas bancarias que no cumplan con las normativas legales e impositivas.
El Servicio de Administración Tributaria cuenta con la facultad de tomar esta decisión, por lo tanto, ten en cuenta estos datos.
Por cualquiera de estos tres requisitos el SAT puede bloquear de inmediato tu cuenta bancaria.
Dentro de las amplias funciones y facultades que tiene el Servicio de Administración Tributaria (SAT) se encuentra la posibilidad de bloquear de inmediato cuentas bancarias que no cumplan con las normativas legales e impositivas.
En este contexto es que, resulta necesario conocer cuáles son estos tres requisitos por el que podrías verte imposibilitado de usar tu cuenta bancaria, en tu fecha tan especial como las decembrinas.
Es importante tener en cuenta que el bloqueo de tu cuenta bancaria significa que no puedes disponer de tu dinero, ni realizar ninguna especie de operación, ya sea en tu aplicación o directamente en la sucursal, y esto se mantiene hasta que cumplas tu adeudo u obligación con el SAT.
Vale mencionar que el bloqueo de cuentas se realiza para cobrar el monto de la deuda además de recargos, multas y gastos de ejecución.
Esta medida no se toma de forma sorpresiva, ya que previamente los contribuyentes son notificados en diversos plazos, a través del buzón tributario, sobre su situación fiscal y las consecuencias de no actuar de inmediato.
Si tienes una deuda y quieres evitar que el SAT bloquee tu cuenta debes ofrecer alguno de los siguientes tipos de garantías:
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