La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló un beneficio fiscal que busca facilitar la regularización de contribuyentes con adeudos ante el fisco, siempre que sus ingresos sean menores a 35 millones de pesos. El máximo tribunal consideró constitucional el esquema establecido en la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2025, el cual es llevado adelante por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
La resolución fue emitida por el Tribunal Pleno al analizar la constitucionalidad del artículo trigésimo cuarto transitorio de dicha ley, disposición que establece beneficios para la regularización de créditos fiscales de determinados contribuyentes.
¿Quiénes pueden acceder al beneficio fiscal?
De acuerdo con la resolución, el esquema está dirigido a contribuyentes cuyos ingresos sean menores a 35 millones de pesos. El objetivo es facilitar que quienes tienen créditos fiscales puedan regularizar su situación frente al fisco.
La controversia llegó a la Suprema Corte después de que una empresa promoviera un amparo al considerar que el límite establecido por la norma generaba una ventaja injustificada para determinados contribuyentes y podía afectar las condiciones de competencia dentro del mercado.
Sin embargo, el Pleno determinó que el trato diferenciado previsto por la legislación cuenta con una justificación objetiva y razonable, debido a que persigue una finalidad legítima de política fiscal.
¿Por qué la Suprema Corte avaló este beneficio?
El máximo tribunal consideró que el esquema busca incentivar la regularización de créditos fiscales entre contribuyentes con menor capacidad económica. Por ello, concluyó que la medida es compatible con los principios de justicia tributaria y con el derecho a la igualdad tributaria.
La Corte explicó que establecer un límite de ingresos permite concentrar el beneficio en quienes, de acuerdo con la finalidad de la norma, requieren un apoyo para cumplir con sus obligaciones fiscales, en lugar de extenderlo a contribuyentes con una mayor capacidad contributiva.
De esta manera, el umbral de 35 millones de pesos de ingresos funciona como un criterio para determinar quiénes pueden recibir el tratamiento previsto en el esquema de regularización.
El beneficio no aplica de la misma forma para todos los contribuyentes
La resolución también deja claro que el trato diferenciado entre contribuyentes no es, por sí mismo, contrario a la Constitución. Para la Suprema Corte, en este caso existe una finalidad fiscal válida que permite establecer condiciones distintas.
El Pleno consideró proporcional el límite de ingresos, pues quienes tienen una mayor capacidad contributiva no requieren el mismo tipo de apoyo para cumplir con sus obligaciones ante el fisco.
En consecuencia, la SCJN determinó que la disposición no vulnera el principio de igualdad tributaria, ya que el beneficio está dirigido a un grupo definido mediante un criterio relacionado con su capacidad económica.
¿Qué significa el fallo para los contribuyentes?
La decisión confirma la validez constitucional del esquema de beneficios contemplado en la Ley de Ingresos de la Federación para 2025. Así, los contribuyentes que se encuentren dentro del límite de ingresos establecido pueden beneficiarse de las medidas de regularización previstas por la norma, conforme a las condiciones que ésta establece.
La resolución también representa un respaldo al criterio de que la política fiscal puede establecer beneficios específicos para facilitar el cumplimiento de obligaciones tributarias, siempre que exista una justificación objetiva y proporcional.
En este caso, la Suprema Corte concluyó que el límite para contribuyentes con ingresos menores a 35 millones de pesos tiene una finalidad constitucionalmente válida: favorecer la regularización de quienes tienen una menor capacidad contributiva y, al mismo tiempo, mantener la exigencia del cumplimiento pleno de las obligaciones fiscales para quienes cuentan con una mayor capacidad económica.