El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha actualizado su esquema de sanciones y multas para el ejercicio fiscal 2026, estableciendo montos considerables para ciertas irregularidades realizada por los patrones. Esta medida busca fortalecer la recaudación y asegurar que los contribuyentes cumplan con las disposiciones vigentes en el Código Fiscal de la Federación.
SAT se cansó y multará por 122 mil pesos a todos los mexicanos que sigan haciendo esto en febrero 2026
La autoridad fiscal en México ha establecido sanciones económicas rigurosas para los contribuyentes que incurran en fallas administrativas específicas durante este mes.
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La advertencia esta vez fue clara: se aplicarán multas a comercios, empresas y empleadores que obliguen a los contribuyentes a presentar su Constancia de Situación Fiscal para emitir facturas o procesar pagos de nómina.
SAT te podrá multar por 122 mil pesos
SAT advirtió que los patrones y comercios tienen prohibido el pedido de la constancia de situación fiscal para generar una factura, recibos fiscales y pagos de nómina. Quienes aún lo hagan, se enfrentarán a sanciones económicas que oscilan entre los $21,240 y los $122,440 pesos.
El organismo recaudador subrayó que, bajo ninguna circunstancia, la constancia es un requisito obligatorio para el receptor. Para que un emisor genere una factura de manera correcta, solo es necesario proporcionar la siguiente información:
- Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
- Nombre completo o razón social.
- Código postal del domicilio fiscal.
- Régimen fiscal en el que se tributa.
- Facilidades para el sector patronal
Esta disposición también protege a los trabajadores. El SAT aclaró que los patrones no deben exigir el documento a sus empleados para el timbrado de la nómina. En su lugar, las empresas cuentan con herramientas directas dentro del portal del SAT para consultar los datos necesarios de su personal sin intermediarios.
Con esto, se busca evitar que los ciudadanos tengan que acudir a las oficinas o realizar trámites digitales innecesarios, ya que, como recordó Ricaño Hernández, la constancia no cuenta con una vigencia específica ni posee un valor probatorio adicional; es meramente informativa.



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