16 de diciembre 2025 - 09:00

SAT se paraliza: estos son los días en los que detiene la recaudación

Si eres comerciante o contribuyente, organiza tus gestiones. Confirmamos el único día inhábil del Servicio de Administración Tributaria este diciembre y sus horarios.

¿Cerrará el SAT por Navidad? Estos son los días en los que detiene la recaudación 

¿Cerrará el SAT por Navidad? Estos son los días en los que detiene la recaudación 

Diciembre es crucial para la economía nacional. Marca el auge del comercio y, más importante aún, el cierre fiscal anual para empresas y contribuyentes. Por esta razón, la posibilidad de que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) tome días de vacaciones genera gran incertidumbre y preocupación entre quienes necesitan poner en orden sus finanzas y tributos antes de que finalice el año. Una pausa inesperada en las oficinas podría traducirse en multas y contratiempos fiscales.

Si bien es común que las instituciones gubernamentales y de recaudación ajusten sus horarios o cierren durante las festividades navideñas, los comerciantes y ciudadanos requieren claridad sobre los días hábiles para evitar omisiones. Con 164 oficinas de atención al público dispersas por todo el país, es fundamental conocer cuándo se puede acudir a realizar trámites presenciales y cuándo no.

Solo un día inhábil confirmado por el SAT

De acuerdo con la información oficial proporcionada en el portal del SAT hasta la fecha de publicación de esta nota (martes 16 de diciembre), la gran noticia para los contribuyentes es que no se ha anunciado un periodo vacacional general para ninguna de sus 164 oficinas a nivel nacional.

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¿Cerrará el SAT por Navidad? Estos son los días en los que detiene la recaudación

¿Cerrará el SAT por Navidad? Estos son los días en los que detiene la recaudación

Esto significa que, hasta el momento, la gran mayoría de los días del mes de diciembre se consideran días hábiles para la realización de trámites y gestiones tributarias.

Sin embargo, existe una excepción previsible y obligatoria:

  • Jueves 25 de diciembre: Este es el único día confirmado como inhábil, ya que la Ley Federal del Trabajo lo estipula como día de descanso obligatorio a nivel nacional por la celebración de la Navidad. Aunque es un día que nadie esperaría para realizar gestiones fiscales, es la única fecha en que las oficinas del SAT cerrarán sus puertas.

Es importante estar alerta: aunque esta es la información actual, el SAT tiene la facultad de emitir comunicados de último momento anunciando periodos vacacionales o cambios en la operatión. Para recibir estas notificaciones oficiales, es indispensable tener activado y revisado constantemente el Buzón Tributario, un canal oficial de comunicación cuya omisión puede incluso ser motivo de multa.

Horarios y citas para tu atención presencial en el SAT

Para aquellos trámites que requieran acudir a una de las 164 módulos, es esencial conocer los horarios de atención para planificar las citas. El SAT mantiene un horario estándar en la mayoría de sus módulos:

  • Lunes a jueves: 9:00 a 16:00 horas.

  • Viernes: 8:30 a 15:00 horas.

Para evitar largas filas y esperas innecesarias que pueden ser críticas en el cierre fiscal, se recomienda agendar cita directamente en el portal oficial del SAT.

Es relevante mencionar, como punto de contraste, que otras entidades relacionadas con el ámbito tributario, como el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA), sí han confirmado un periodo de receso que va desde el 15 de diciembre hasta el 2 de enero de 2026.

La flexibilidad operativa del SAT se apoya en su robusta plataforma digital. Para el contribuyente, las herramientas en línea son la mejor garantía para no depender de los horarios de las oficinas y así asegurar el cumplimiento de sus obligaciones. La omisión o el retraso en cualquier gestión tributaria es un riesgo directo de recibir una multa.

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¿Cerrará el SAT por Navidad? Estos son los días en los que detiene la recaudación

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Las funciones disponibles de forma remota resuelven la mayoría de las necesidades de cierre de año:

  • App Móvil y Web: Permiten consultar, descargar la Constancia de Situación Fiscal y la Cédula de Identificación Fiscal (CIF), realizar declaraciones y actualizar datos.

  • e.firma: Acceso seguro para el cumplimiento de obligaciones y la gestión de trámites clave.

  • Oficina Virtual: Mediante una videollamada con un asesor (que requiere cita previa), se pueden resolver dudas, cambiar datos básicos, recibir orientaciones y solicitar constancias, ideal para trámites de larga distancia.

Iniciar el nuevo año fiscal sin deudas pendientes es la meta. Con las revisiones volviéndose cada vez más rigurosas (incluso con la posibilidad de auditorías y visitas a domicilio), aprovechar las herramientas digitales es la mejor estrategia para mantener todo en orden.

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