1 de diciembre 2025 - 10:19

Suprema Corte castiga al ISSSTE por su Ley y miles de mexicanos ahora sí reciben su pensión: quiénes son los beneficiados

Se trata de una resolución del año pasado que ha impactado de manera positivas en muchas familias. En esta nota, los detalles.

Fallo de la Suprema Corte contra el ISSSTE.

Fallo de la Suprema Corte contra el ISSSTE.

Un criterio de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dictaminado en 2024 abrió la puerta para que miles de hijas e hijos de trabajadores del Estado finalmente puedan acceder a una pensión de orfandad que durante años les fue negada por una restricción considerada injustificada.

En el amparo en revisión 354/2024, la Sala determinó que la antigua Ley del ISSSTE, vigente hasta el 31 de marzo de 2007, violaba los principios constitucionales de igualdad, no discriminación, interés superior de la niñez y derecho a la seguridad social.

¿La razón? Exigía 15 años mínimos de cotización para que los beneficiarios pudieran recibir una pensión de orfandad, incluso cuando el trabajador fallecía de manera imprevisible.

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El caso que exhibió la falla de la Ley del ISSSTE

El criterio surge del caso de una menor de edad que acreditó ser hija de un trabajador del Estado fallecido. Su padre había cotizado 13 años, 9 meses y 19 días, pero aun así el ISSSTE le negó la pensión porque no alcanzaba los 15 años exigidos por la ley derogada.

La SCJN revisó el caso y concluyó que el legislador nunca justificó por qué ese umbral debía ser de 15 años. Además, al comparar con la legislación vigente, observó que el requisito actual se redujo a solo 3 años de cotización, lo que evidenciaba la desproporción histórica.

Por unanimidad de cuatro votos, la Segunda Sala decidió amparar a la niña y ordenó que se le otorgue la pensión de orfandad.

El fallo no solo corrige un caso individual: establece un precedente que puede beneficiar a todas las niñas, niños y adolescentes que fueron rechazados bajo el mismo argumento, pese a acreditar plenamente su parentesco.

La Corte subrayó que la muerte de un trabajador es un hecho imprevisible y ajeno a su voluntad, por lo que condicionar la seguridad social de sus hijos a un número rígido de años de servicio violaba principios básicos de justicia y proporcionalidad.

ISSSTE: los beneficiarios de este fallo de la Suprema Corte

Con este nuevo criterio:

  • Hijos e hijas de trabajadores del Estado fallecidos antes del 2007 podrían reclamar el acceso a la pensión si acreditan su parentesco, aun cuando el trabajador no haya cumplido los 15 años de cotización.

  • El ISSSTE deberá analizar estos casos a la luz del precedente de la SCJN.

  • Las familias que en su momento recibieron una negativa pueden volver a solicitarla o promover un nuevo juicio.

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