La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que no es posible otorgar pensiones por cesantía en edad avanzada a trabajadores menores de 60 años, al validar los requisitos establecidos en la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) bajo su régimen anterior.
La decisión, emitida en 2023 por la Segunda Sala del máximo tribunal, confirmó la constitucionalidad de los criterios que establecen que para acceder a una pensión por cesantía es necesario cumplir dos condiciones básicas: haber cumplido al menos 60 años de edad al momento de la separación del empleo y contar con un mínimo de 10 años de cotización ante el instituto.
En su resolución, la SCJN argumentó que otorgar pensiones sin cumplir con esos requisitos distorsionaría la finalidad de la prestación, pues permitiría que personas que aún conservan su capacidad laboral y no han llegado a la edad de retiro puedan acceder a beneficios que están diseñados para otro grupo poblacional.
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“La pensión por cesantía en edad avanzada tiene como objetivo brindar seguridad social a quienes cesan su actividad laboral por el envejecimiento o la disminución de sus capacidades físicas, no por una decisión anticipada”, precisó el tribunal.
Asimismo, la Corte subrayó que permitir jubilaciones anticipadas bajo esta figura podría afectar la sostenibilidad financiera del sistema de pensiones y generar un trato desigual entre trabajadores en activo y quienes realmente cumplen los requisitos de edad y cotización.
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