11 de febrero 2026 - 10:19

Suprema Corte le quita doble pensión del ISSSTE a miles de mexicanos y ahora solo podrán recibir una de ellas: cuáles son

El máximo tribunal determinó que es inconstitucional acumular dos pagos derivados del fallecimiento de un mismo trabajador. La medida busca proteger el equilibrio financiero del sistema de seguridad social.

Fallo de la Suprema Corte sobre doble pensión ISSSTE

Fallo de la Suprema Corte sobre doble pensión ISSSTE

En una nueva resolución que impacta directamente el bolsillo de los beneficiarios y la contabilidad del sistema de salud público, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha puesto un límite a la acumulación de prestaciones. El Pleno del Máximo Tribunal determinó que los familiares de un trabajador fallecido no pueden cobrar dos pensiones distintas originadas por el mismo deceso bajo el régimen del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).

La Corte validó la interpretación del artículo 67 de la Ley del ISSSTE (vigente desde la reforma de 2007), cerrando la puerta a la duplicidad de cobros que, según los ministros, alteraría el delicado equilibrio financiero del sistema de pensiones nacional.

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Las dos pensiones ISSSTE en disputa: ¿cuáles son?

El fallo establece una restricción clara y directa. A partir de ahora, queda estrictamente prohibido recibir de manera simultánea las siguientes dos prestaciones derivadas de la muerte de la misma persona trabajadora:

  • Pensión por Viudez: Otorgada de manera general a la pareja (esposa/o o concubina/o) tras el fallecimiento del derechohabiente.

  • Pensión por Riesgo de Trabajo: Reclamada cuando se argumenta que el deceso del trabajador ocurrió a causa o como consecuencia directa de su labor profesional.

Doble pensión ISSSTE: el caso que originó la sentencia

El debate llegó a los estrados de la Suprema Corte tras la impugnación de una mujer que buscaba obtener ambos beneficios.

La quejosa, quien ya percibía puntualmente una pensión por viudez otorgada por el ISSSTE tras la muerte de su concubino, ingresó una nueva solicitud para que se le otorgara, de manera adicional, una pensión por riesgo de trabajo argumentando las causas del fallecimiento de su pareja.

La autoridad competente del ISSSTE le negó esta segunda prestación. Inconforme, la mujer llevó el caso a los tribunales, escalando hasta la Suprema Corte, la cual finalmente le dio la razón al Instituto.

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Doble pensión ISSSTE: un mismo fin, un solo pago

Al analizar el caso, los ministros del Pleno concluyeron que la negativa del ISSSTE fue apegada a derecho. El argumento central de la SCJN se basa en la naturaleza de los recursos públicos y el diseño constitucional.

La Corte determinó que tanto la pensión por viudez como la pensión por riesgo de trabajo persiguen exactamente la misma finalidad: proteger económicamente a la familia frente al fallecimiento del sostén del hogar, independientemente de si la muerte ocurrió por causas ajenas al servicio o derivadas del trabajo.

"No resulta razonable acumular dos pensiones completas derivadas de un mismo fallecimiento, ya que eso alteraría el equilibrio del sistema de seguridad social", detalla la resolución, subrayando que cobrar doble se apartaría del diseño previsto en el artículo 123 de la Constitución Mexicana.

Doble pensión ISSSTE: sin violaciones al debido proceso

Finalmente, la defensa de la viuda argumentaba que el ISSSTE había cometido un acto privativo sin otorgarle una audiencia previa.

La SCJN desestimó este reclamo, precisando que la mujer no fue despojada de un bien que ya poseyera, sino que la segunda pensión representaba solo una "expectativa de derecho". Además, se garantizó su derecho a la defensa, ya que tuvo la posibilidad de impugnar la decisión ante los tribunales, agotando todas las instancias legales hasta llegar a la resolución final del Pleno.

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