El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) asestó un golpe definitivo a los reclamos de la oposición al validar la extinción masiva de fondos y fideicomisos públicos, una de las medidas de austeridad más polémicas impulsadas desde el Ejecutivo. Con esta resolución, se cierra un largo capítulo legal que mantenía en vilo el destino de miles de millones de pesos destinados originalmente a diversos sectores estratégicos.
Adiós a los fideicomisos: la Suprema Corte da luz verde a la desaparición de fondos públicos
El máximo tribunal del país validó la polémica reforma que extingue diversos instrumentos financieros del gobierno federal. Los ministros argumentaron que la medida busca la transparencia sin vulnerar los derechos humanos.
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Fallo clave de la nueva SCJN.
La decisión responde a una acción de inconstitucionalidad promovida por un grupo de senadores inconformes con el decreto publicado el 6 de noviembre de 2020.
Los legisladores argumentaban que la desaparición de estos instrumentos financieros afectaría gravemente la operación de áreas clave en todo el país, desde el campo hasta la infraestructura y la ciencia en la Ciudad de México (CDMX) y el resto de las entidades federativas.
Un aval a la reestructuración del gasto público
Al entrar al fondo del debate, los ministros del máximo tribunal concluyeron que no existieron violaciones con potencial invalidante durante el proceso legislativo que justificaran echar abajo la reforma aprobada por el Congreso de la Unión. Los magistrados determinaron que la decisión de los legisladores contó con una motivación ordinaria suficiente, respaldando el argumento oficial de que era urgente reorganizar la hacienda pública.
La Suprema Corte dejó en claro que los fideicomisos no son intocables, sino que funcionan meramente como mecanismos auxiliares del Poder Ejecutivo Federal para facilitar el ejercicio de sus atribuciones. Bajo esta óptica jurídica, explicaron que su eliminación o modificación no implica por sí misma una afectación a los derechos fundamentales de los ciudadanos, sino que representa un cambio administrativo en la forma en que el gobierno administra y ejerce los recursos de la nación.
Obligaciones vigentes bajo la bandera de la austeridad
El fallo del Pleno subraya que, cuando se trata de delinear la política de gasto público, basta con que las decisiones tomadas por las autoridades sean razonables. En este sonado caso, la SCJN consideró que existe una relación lógica y adecuada entre la concentración de estos recursos y los objetivos gubernamentales de mejorar la transparencia y garantizar un uso mucho más eficiente del presupuesto federal.
A pesar de dar luz verde a la extinción, el tribunal constitucional mandó un mensaje contundente sobre las responsabilidades ineludibles del Estado. Los ministros establecieron que cualquier medida de austeridad debe respetar estrictamente el principio de progresividad de los derechos humanos, por lo que el gobierno federal mantiene la obligación absoluta de garantizar los apoyos correspondientes, pero ahora financiados a través de los mecanismos presupuestarios ordinarios.
Durante el minucioso análisis del decreto de 2020, los magistrados también sobreseyeron partes del reclamo al confirmar que varias normas ya habían perdido vigencia o sufrido modificaciones sustanciales con el paso del tiempo. Entre las legislaciones que fueron abrogadas o modificadas tras el decreto, y que la Corte analizó en su resolución, destacan las siguientes:
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La Ley de Ciencia y Tecnología.
La Ley de la Industria Eléctrica y la Ley de Hidrocarburos.
La Ley Orgánica de la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero.
La Ley Aduanera y la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario.




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