Aerolíneas deben depositarle dinero a todos los pasajeros cuando pase esto en cualquier aeropuerto mexicano este 2026
Profeco advierte sobre reembolsos y compensaciones obligatorias por vuelos demorados o cancelados durante el Mundial. Conoce tus derechos como viajero.
Profeco advierte sobre retrasos de vuelos en México.
A menos de 80 días del silbatazo inicial del Mundial 2026, el flujo de viajeros nacionales y extranjeros está a punto de desbordar las terminales aéreas del país. Ante este inminente reto operativo, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) lanzó una severa advertencia a las aerolíneas: deberán indemnizar económicamente a los pasajeros que sufran afectaciones en sus itinerarios de vuelo.
Las condiciones meteorológicas, los desajustes operacionales o las fallas técnicas no pueden ser pretexto para vulnerar los derechos de los usuarios. Por ello, como parte del programa especial de vigilancia "Mundial Social", las autoridades han reforzado las medidas de protección para garantizar que las empresas de transporte aéreo cumplan al pie de la letra con la Ley de Aviación Civil y paguen lo que corresponde ante cualquier retraso o cancelación.
Profeco: ¿cuánto te deben pagar por el retraso de un vuelo en México?
Cuando la salida de un vuelo se demora por causas directamente atribuibles a la aerolínea (como mantenimiento de rutina, fallas técnicas o intermitencia en sus sistemas), la empresa está obligada a dar la cara, informar el motivo en las salas de abordaje y compensar a los afectados según el tiempo de espera:
Demora de 1 a menos de 4 horas: La aerolínea debe compensar, como mínimo, con descuentos para vuelos posteriores hacia el mismo destino, además de proporcionar alimentos y bebidas durante el tiempo de espera.
Demora mayor a 2 pero menor a 4 horas: En este escenario, la compensación debe incluir obligatoriamente descuentos que no sean menores al 7.5% del precio pagado por el boleto.
Vuelos cancelados o demoras extremas: exige tu dinero, advierte la Profeco
El panorama cambia drásticamente y se vuelve mucho más estricto si el retraso excede las cuatro horas o si el vuelo es cancelado definitivamente. En estos casos, la ley pone el poder de decisión en manos del pasajero, quien podrá exigir una de las siguientes tres opciones de compensación:
Reembolso total + indemnización: El reintegro del precio total del boleto (o la proporción de la parte no realizada del viaje) más una indemnización económica que no podrá ser inferior al 25% del costo del mismo.
Vuelo sustituto inmediato: Ser reubicado en el primer vuelo disponible. La aerolínea deberá cubrir llamadas, alimentos, alojamiento (si requiere pernoctar) y transporte terrestre desde y hacia el aeropuerto.
Reprogramación + indemnización: Transporte en una fecha posterior que convenga al pasajero hacia el mismo destino, sumado a una indemnización no menor al 25% del precio del boleto.
AEROPUERTO BEITO JUAREZ.webp
|@pilotzinorticias.com
Profeco: plazos estrictos y atención en los aeropuertos
Las aerolíneas no pueden darle largas a los viajeros con trámites interminables. La ley establece que las empresas cuentan con un periodo máximo de 10 días naturales posteriores a la reclamación para cubrir el pago de las indemnizaciones o compensaciones. Cabe destacar que el hospedaje, alimentos y bebidas se deben cubrir en el momento exacto de la eventualidad.
Además, si la aerolínea planea modificar el itinerario, tiene la obligación ineludible de notificar a los pasajeros con al menos 24 horas de anticipación mediante llamadas, correos electrónicos o mensajes de texto. Para blindar a los usuarios durante la justa deportiva, la Profeco mantendrá módulos de atención estratégicos operando en los aeropuertos con mayor afluencia de la República Mexicana.
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