En una decisión que marca un antes y un después para la justicia administrativa y civil en el país, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha emitido un fallo histórico que empodera a los ciudadanos frente a los gigantes estatales. A partir de ahora, miles de mexicanos que sufran daños derivados del servicio público de energía eléctrica podrán exigir indemnizaciones de manera directa y ágil.
CFE le deposita dinero a miles de familias mexicanas por orden de la Suprema Corte: en qué casos aplica
La SCJN abre una "vía rápida" para la indemnización. Las víctimas de accidentes o daños por infraestructura eléctrica ya no tendrán que navegar el laberinto administrativo del Gobierno; ahora podrán cobrar directamente a la aseguradora.
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Suprema Corte falla contra la CFE.
En sesión de Pleno celebrada el pasado 26 de noviembre de 2025, el Máximo Tribunal resolvió que las personas afectadas por accidentes provocados por la Comisión Federal de Electricidad (CFE) tienen el derecho de reclamar el pago directamente a la aseguradora que respalda a la empresa productiva del Estado.
Indemnización de la CFE: adiós a la burocracia previa
El núcleo de esta resolución elimina una de las barreras más grandes para el acceso a la justicia: la obligación de iniciar primero un largo procedimiento administrativo ante el Gobierno.
El fallo determina que el artículo 147 de la Ley sobre el Contrato de Seguro es constitucional y garantiza un camino claro para reclamar una indemnización inmediata vía juicio civil. Esto obliga a la aseguradora a depositar el monto correspondiente directamente a la persona afectada, evitando retrasos injustificados y consolidando el derecho a una reparación integral.
Indemnización de la CFE: el origen en los albañiles y el riesgo eléctrico
Este cambio de paradigma jurídico surgió del análisis de los Amparos en Revisión 230 y 328/2025. Los casos involucraban a trabajadores de la construcción (albañiles) que sufrieron descargas eléctricas graves mientras laboraban cerca de líneas energizadas, lesiones que alteraron permanentemente su calidad de vida.
La Corte determinó que el Estado, a través de sus aseguradoras, debe responder de forma inmediata por estos daños causados por el funcionamiento irregular de sus servicios.
Indemnización de la CFE: en qué casos aplica y qué pasa si el seguro no alcanza
Para que este mecanismo opere, la Corte precisó una condición clave: debe existir una póliza vigente que cubra el riesgo generado por la CFE.
Sin embargo, el fallo también protege a las víctimas en escenarios catastróficos. Si el monto de la póliza de seguro es insuficiente para cubrir la totalidad del daño (por ejemplo, en casos de lesiones graves, incapacidad permanente o pérdidas económicas mayores), el ciudadano no queda desamparado.
- Paso 1 (Vía Directa): Cobrar el monto máximo de la aseguradora vía juicio civil.
- Paso 2 (Complementario): Recurrir a la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado para reclamar el monto faltante a través de un procedimiento administrativo, demostrando fallas o negligencia en la actividad estatal.
Con esta sentencia, la SCJN envía un mensaje contundente: la protección a las víctimas es prioritaria y la reparación del daño por fallas en la infraestructura eléctrica debe ser completa, efectiva y sin trabas burocráticas.
Indemnización de la CFE: el caso de los 20 millones de pesos que la Suprema Corte le obliga a pagar
En un fallo que reconfigura el cálculo de riesgos para las aseguradoras y las empresas del Estado, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha puesto fin a una práctica discriminatoria en los tribunales civiles: tasar el sufrimiento humano basándose en la cartera de la víctima.
El Pleno del Máximo Tribunal resolvió de manera definitiva un litigio que involucra a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y a su aseguradora, confirmando que la indemnización por daño moral (el dolor y la aflicción emocional) no puede depender de la situación económica de los afectados. Con esto, se ratifica la obligación de pagar una suma que ronda los 20 millones de pesos a la familia de un hombre fallecido por una descarga eléctrica.
El conflicto legal se originó tras la trágica muerte de una persona en instalaciones de la CFE. Su esposa e hijo demandaron la reparación del daño y, en una primera instancia, la justicia ordenó el pago de 20 millones de pesos por concepto de daño moral.
Sin embargo, la aseguradora responsable de cubrir los riesgos de la paraestatal interpuso un juicio de amparo. Su argumento —que fue validado temporalmente por un tribunal inferior— sostenía que el monto era excesivo y que debía recalcularse tomando en cuenta la situación económica de las víctimas, insinuando que, al ser una familia de recursos modestos, la compensación debía ser menor.
La familia impugnó esa determinación y llevó el caso hasta la Suprema Corte, argumentando que dicho criterio era abiertamente discriminatorio. Los ministros les dieron la razón.




