La Ley Federal del Trabajo de México dio a conocer cuál es el primer día festivo y de descanso obligatorio del 2025. En este contexto se difundió además, el calendario con todos los días feriados que traerá el próximo año para preparar tu agenda y exigir el pago triple en caso de laborar.
Ley Federal del Trabajo: este es el primer día festivo y de descanso obligatorio del 2025
Prepara tu agenda para disfrutar de los feriados y en caso de laborar, exigir tu pago triple.
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Ley Federal del Trabajo: este es el primer día festivo y de descanso obligatorio del 2025.
Según el artículo 75 de la LFT el primer día festivo y de descanso obligatorio del 2025 será el miércoles 1 de enero por la celebración de Año Nuevo. Por lo tanto aquellos trabajadores que deban acudir a sus puestos laborales durante esta jornada recibirán un sueldo triple por parte de su empleador.
"En los casos del artículo anterior los trabajadores y los patrones determinarán el número de trabajadores que deban prestar sus servicios. Si no se llega a un convenio, resolverá el Tribunal. Los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado", señala el artículo 75 del LFT.
Estos son todos los días feriados del calendario 2025
- 1 de enero
- Primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero
- Tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo
- 1 de mayo
- 16 de septiembre
- Tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre
- 25 de diciembre
Qué pasa si no voy a trabajar el 31 de diciembre 2024
Según la Ley Federal del Trabajo, el martes 31 de diciembre del 2024 no es considerado un día de descanso obligatorio, ni feriado, motivo por el que en caso de no presentarse a trabajar esta jornada, el empleador puede sancionar al empleado, según la gravedad de la situación.
Vale mencionar que para que un trabajador sea despedido o dado de baja de forma legal por no presentarse a laborar, este debe de incurrir en más de tres faltas injustificadas en un periodo de 30 días. En caso de cometer una cuarta falta dentro de este período el patrón puede despedir al trabajador sin derecho a indemnización.


