Suprema Corte declara inconstitucional las licencias de parternidad por 10 días y falla a favor de todos los padres mexicanos: deben otorgarles esta cantidad de meses
El máximo tribunal equipara el derecho de los hombres con el de las mujeres y castiga a los patrones que no lo cumplen.
Las licencias por paternidad en México, un tema de debate que resolvió la Suprema Corte.
La estructura laboral de México acaba de recibir una sacudida histórica en favor de la equidad de género. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha resuelto de manera definitiva a favor de los padres trabajadores, consolidando su derecho a disfrutar de una licencia de paternidad de hasta tres meses, equiparándola en duración y condiciones con la licencia de maternidad.
Este fallo marca el fin de una era donde el cuidado de los hijos se consideraba una tarea exclusivamente materna y donde los padres apenas recibían unos días de permiso —muchas veces a cuenta de vacaciones— para estar con sus recién nacidos.
No sorprende que la maternidad produzca cambios en el cerebro de las madres, pero lo mismo ocurre con los padres de Homo Sapiens.
El fin de los "10 días": un criterio desproporcional
El camino legal llegó a su clímax en la sesión del Pleno del pasado 30 de octubre de 2025, al resolver el Amparo en Revisión 177/2025. En esta instancia, la Corte invalidó las normas que limitaban la licencia de paternidad a solo 10 días (o 5 en algunos casos anteriores), calificando estas diferencias como "desproporcionales".
El argumento central de los ministros fue contundente: seguir otorgando permisos minúsculos a los hombres solo perpetúa la desigualdad estructural, cargando el peso del cuidado infantil casi exclusivamente en los hombros de las mujeres y frenando su desarrollo profesional.
¿Por qué 3 meses?: la lógica económica y social
Desde 2021, la SCJN ya había marcado la pauta al otorgar a sus propios trabajadores licencias trimestrales con sueldo íntegro. Ahora, este beneficio se extiende bajo la premisa de la corresponsabilidad:
Combate a la Brecha Salarial: Al igualar los tiempos de ausencia por nacimiento, se elimina el "desincentivo" que muchos empleadores tenían para contratar mujeres en edad reproductiva.
Piso Parejo: Si hombres y mujeres se ausentan el mismo tiempo (3 meses), se reduce la discriminación en la contratación y promoción de talento femenino.
Cambio Cultural: La Corte sostiene que combatir la desigualdad debe hacerse "desde casa, trabajo, sociedad y Estado".
NUEVO SCJN
Cobertura total: adopción y familia diversas
El fallo no se limita al modelo de familia tradicional. La Corte estableció que esta licencia de 3 meses es un derecho universal para:
Padres biológicos.
Casos de adopción.
Procesos de gestación por sustitución.
Además, se instruyó una cláusula de protección extraordinaria: cuando el recién nacido tenga alguna discapacidad o requiera hospitalización, la prórroga de tres meses adicionales deberá otorgarse tanto a la madre como al padre, garantizando que el cuidado intensivo no recaiga en una sola persona.
Con esta decisión, los departamentos de Recursos Humanos de todo el país deberán ajustar sus esquemas de nómina y prestaciones para cumplir con el nuevo estándar constitucional de crianza compartida.
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