17 de febrero 2026 - 09:38

Suprema Corte dictamina que no pueden negarte a aplicar a este trabajo en México por tu lugar de nacimiento

El Pleno elimina los "candados regionales" en Chiapas. La sentencia determina que exigir ser originario de una entidad para juzgar o administrar recursos viola el derecho a la igualdad de todos los profesionistas mexicanos.

Fallo clave de la nueva SCJN.

Fallo clave de la nueva SCJN.

En un golpe a las barreras burocráticas que limitan el talento nacional, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha emitido una resolución clave para el mercado laboral del sector público. El máximo tribunal determinó que el lugar de nacimiento no puede ser un filtro excluyente para acceder a cargos de alta responsabilidad técnica y jurídica.

El fallo se centró en el estado de Chiapas, donde el Tribunal Pleno invalidó porciones normativas que exigían ser "chiapaneco o chiapaneca" para ocupar puestos estratégicos, abriendo la puerta a que cualquier ciudadano mexicano, sin importar su estado de origen, pueda competir por estas vacantes.

SUPREMA CORTE JUSTICIA MEXICO

Los artículos invalidados en Chiapas: talento sobre origen

La controversia constitucional abordó la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Chiapas. Específicamente, la Corte invalidó el requisito de nacimiento contenido en:

  • Artículo 38, fracción I: Para ocupar el cargo de jueza o juez de jurisdicción administrativa.
  • Artículo 46, párrafo segundo, fracción I: Para encabezar la Unidad de Apoyo Administrativo del Tribunal.

El Pleno fue contundente al determinar que esta condición excluía de manera injustificada a personas con ciudadanía mexicana provenientes de otras entidades federativas. Al imponer el nacimiento en Chiapas como requisito, la ley limitaba el derecho de otros profesionistas a acceder a cargos públicos en condiciones de igualdad.

Suprema Corte: las funciones no tienen "código postal"

El argumento central de los ministros para derribar esta barrera se basó en la naturaleza de las funciones a desempeñar. La Corte concluyó que las tareas inherentes a estos puestos no requieren un vínculo de nacimiento con el estado, sino capacidades técnicas específicas:

  • Jueces Administrativos: Su función es resolver juicios en materia fiscal, administrativa y de responsabilidades.
  • Unidad de Apoyo Administrativo: Sus atribuciones se relacionan con la gestión de recursos humanos, materiales y financieros.

Según el fallo, estas labores pueden ser desempeñadas eficazmente por cualquier persona ciudadana mexicana que reúna los conocimientos, la experiencia y el perfil profesional requeridos, haciendo irrelevante el hecho de ser o no originario de Chiapas.

Con esta decisión, la SCJN reafirma un criterio de meritocracia y unidad nacional: las fronteras estatales no deben convertirse en muros laborales para los servidores públicos calificados.

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