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8 de diciembre 2025 - 09:07

Suprema Corte falla a favor del SAT y ahora no debe devolver dinero de impuestos a jubilado: en qué otros casos aplica

El máximo tribunal blindó la constitucionalidad del reglamento del ISR, confirmando que las pensiones cobradas en una sola exhibición sí deben pagar impuestos sobre el excedente.

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Suprema Corte le da la razón al SAT en caso contra jubilado.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) se anotó una victoria judicial clave este inicio de diciembre. En una sesión de Pleno celebrada el 4 de diciembre de 2025, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que el fisco actuó conforme a derecho al negarle la devolución de impuestos a un jubilado, sentando un precedente sobre cómo deben tributar los retiros millonarios o sustanciales.

Al resolver el Amparo Directo en Revisión 4803/2025, los ministros determinaron que es constitucional cobrar el Impuesto Sobre la Renta (ISR) a las pensiones, jubilaciones o haberes de retiro que se pagan en una sola exhibición (pago único), siempre y cuando el monto supere el tope de exención marcado por la ley.

NUEVO SCJN

Impuestos del SAT: el límite de los 90 salarios mínimos

El centro del debate no fue si las pensiones deben pagar impuestos, sino cómo se calcula ese cobro. La Corte validó el artículo del Reglamento de la Ley del ISR que establece una frontera clara para la exención de impuestos:

En el caso analizado, el contribuyente solicitó en 2019 la devolución de un saldo a favor del ejercicio 2017, argumentando que el SAT le había retenido impuestos indebidamente sobre su indemnización y jubilación. Sin embargo, la autoridad fiscal demostró que el pago superaba el límite de los 90 salarios, por lo que el cobro sobre el remanente era legal.

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La defensa del jubilado alegaba una violación al principio de "reserva de ley". Argumentaban que un Reglamento no tiene la jerarquía para definir la base de un impuesto, ya que eso es materia exclusiva de una Ley Federal.

Sin embargo, la SCJN desestimó este argumento. El fallo explica que el Reglamento no está creando un nuevo impuesto ni inventando sujetos obligados. Simplemente, "desarrolla un aspecto cuantitativo"; es decir, aclara la fórmula matemática para separar la parte exenta de la gravada, basándose en lo que ya ordena la Ley del ISR. Por tanto, no hay inconstitucionalidad.

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Suprema Corte: en qué otros casos aplica este criterio

Esta resolución es una señal de alerta para la planeación fiscal de altos ejecutivos y trabajadores con prestaciones superiores a la ley. El criterio aplica para:

Con esta sentencia, la Corte confirma que la estrategia del SAT de gravar los excedentes en pensiones altas es válida, complicando el panorama para futuros amparos que busquen la devolución total del ISR bajo el argumento de inconstitucionalidad del reglamento.

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