21 de enero 2026 - 09:38

Suprema Corte prohíbe repetir pruebas periciales en este tipo de casos y advierte a todos los jueces de México

Alto a la revictimización institucional. El máximo tribunal sienta un precedente vital: dudar de la palabra de niñas y niños víctimas de abuso sexual mediante la repetición de exámenes psicológicos es una violación a sus derechos humanos.

Fallo clve de la nueva SCJN en casos de violencia contra niños y mujeres.

Fallo clve de la nueva SCJN en casos de violencia contra niños y mujeres.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha emitido una sentencia que marca un "hasta aquí" a las prácticas judiciales que, bajo el pretexto de buscar la verdad, terminan torturando psicológicamente a las víctimas infantiles. En una resolución contundente, el Pleno prohibió a los jueces ordenar la repetición de pruebas periciales para "verificar la credibilidad" de menores de edad que han denunciado violencia sexual, advirtiendo que esto constituye una forma de violencia institucional.

El fallo surge tras revisar un amparo donde un tribunal colegiado pretendía echar atrás un proceso para volver a interrogar y evaluar a unas niñas, poniendo en duda su testimonio inicial contra su padre agresor.

SUPREMA CORTE JUSTICIA MEXICO

El caso: violencia sexual y la patria potestad

El origen de esta jurisprudencia es un caso desgarrador de violencia familiar. En una segunda instancia judicial, se había comprobado que un padre ejerció violencia psicológica, patrimonial, moral y sexual contra una de sus hijas. La sentencia fue clara: se le condenó a la pérdida definitiva de la patria potestad.

Sin embargo, la defensa del agresor logró que, mediante un juicio de amparo, se ordenara repetir el procedimiento. El argumento era practicar una nueva prueba pericial con el único fin de "volver a evaluar la credibilidad" del testimonio de las menores.

La Corte frenó en seco esta intención. Los ministros concluyeron que reponer el procedimiento solo para cuestionar nuevamente a las niñas implicaba:

  • Poner en duda su palabra de manera injustificada.
  • Desconocer los estándares de perspectiva de género y del interés superior de la niñez.
  • Generar un grave riesgo de revictimización (hacerlas revivir el trauma).

Advertencia a los jueces: "No asuman que mienten"

La SCJN aprovechó la sentencia para lanzar una advertencia general a todos los impartidores de justicia del país. Al valorar pruebas en casos de abuso infantil, los jueces deben desterrar estereotipos dañinos, como asumir —sin razones objetivas— que las niñas mienten, fantasían o están siendo "manipuladas" por la madre (un argumento común en litigios familiares).

Además, la Corte aclaró el uso de la "suplencia de la queja" (una herramienta legal para corregir deficiencias en la defensa). Esta figura debe usarse para proteger a las personas vulnerables (las niñas), nunca para reforzar la posición del agresor ni para ordenar diligencias que cuestionen a las víctimas.

Otro punto crucial del fallo se refiere a las medidas de reparación. La Corte observó que, a menudo, los jueces ordenan terapias familiares de forma coercitiva. El Pleno precisó que el apoyo psicológico debe diseñarse para empoderar y sanar, no bajo amenazas de sanción si las víctimas no acuden.

"Las terapias obligatorias, si se imponen sin considerar el tiempo transcurrido, el estado emocional y sin separar a la víctima del agresor, pueden convertirse en nuevas formas de violencia institucional", sentenció el Tribunal.

Con esta resolución, la Corte revocó la sentencia del tribunal anterior, confirmó la pérdida de la patria potestad del padre y concedió el amparo total a la madre y sus hijas, ordenando que cualquier decisión futura respete su autonomía y evite cualquier contacto que las revictimice.

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