El Banco de Previsión Social (BPS) es el departamento de finanzas de la seguridad social en Uruguay, que se encarga de asegurar los pagos de diversas prestaciones a grupos sociales.
BPS: cuáles son los requisitos para acceder a los préstamos sociales
Este trámite se puede hacer tanto de forma virtual como presencial. Quiénes pueden contar con este beneficio.
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Quiénes pueden acceder a esta prestación de BPS.
En ese sentido, dentro de los beneficios con los que cuenta están los préstamos sociales, un préstamo en efectivo para jubilados y pensionistas de BPS. A través de un trámite, se podrá gestionar la solicitud o la renovación de prestamos (tanto común como múltiple), siempre y cuando estén en condiciones de renovación.
A quiénes les corresponde los préstamos sociales
Pueden acceder a los préstamos sociales todos los beneficiarios que perciban haberes mensuales por cualquiera de estas líneas:
- Jubilaciones por BPS.
- Pensiones de sobrevivencia.
- Pensiones graciables.
- Pensión especial reparatoria Ley N.º 18.033.
- Pensiones de vejez o invalidez.
Requisitos para acceder a los préstamos sociales
En línea
- El titular que cuente con Usuario personal BPS, sea mayor de edad y resida en el país, puede simular, solicitar o renovar un préstamo en línea. A tener en cuenta: es un requisito para hacer el trámite en línea que hayan pasado 15 días de la generación del usuario personal o el reseteo de la contraseña.
Presencial
- El trámite puede ser realizado por el titular o su representante, variando los requisitos según la situación.
Titular
- Deberá presentarse con cédula de identidad vigente y en buen estado.
Apoderado
- Si concurren el apoderado y el titular, deberán presentarse ambos con cédula de identidad vigente y en buen estado.
- Si concurre el apoderado, no concurre el titular y este reside en el país, deberá presentarse el primero con: Cédula de identidad del apoderado, vigente y en buen estado.
- Certificado médico de existencia: Con fecha legible porque su vigencia es de 24 h.
- Si concurre el apoderado, no concurre el titular y este reside fuera del país, deberá presentarse con: Cédula de identidad del apoderado, vigente y en buen estado. Fe de vida (certificado consular con vigencia de 30 días).
Curador, tutor o autorización judicial
- Si concurren el curador, tutor o autorizado y el titular, deberán presentarse ambos con: Cédula de identidad (vigente y en buen estado) y copia de la venia del juez.
- Si concurre el curador, tutor o autorizado, no concurre el titular y este reside en el país, deberá presentarse con: Cédula de identidad del apoderado, vigente y en buen estado y copia de la venia del juez.
Dependiendo del lugar de residencia del curador, tutor o autorizado previo a solicitar el trámite debe seguir estos pasos:
En Montevideo
- El curador debe concurrir con anterioridad a la oficina de Préstamos sociales a solicitar una hoja impresa con los máximos a otorgar para solicitar el préstamo.
- Luego, debe agendarse en el sitio del Poder Judicial para asistir a la Defensoría Pública de Familia, opción Primera vez. De esta manera, se le adjudicará un defensor de oficio.
- Una vez obtenida la autorización judicial debe agendarse con día y hora para concurrir a la oficina Notarial para ingresar el documento y habiendo también solicitado hora con anterioridad para la oficina Préstamos sociales, podrá realizar el trámite.
- Si el titular no concurre, debe presentar papel de existencia, como se describe en los casos con apoderados cuando el titular no está presente.
En el interior del país
- El curador debe asesorarse previamente para consultar las condiciones del préstamo (monto y cuotas) a las que puede acceder.
- Luego, deberá tramitar la autorización en el juzgado correspondiente a su localidad.
- Una vez obtenida la autorización, deberá presentar en BPS la documentación para solicitar el préstamo.
- A tener en cuenta: quienes cobren por banco podrán cobrar el préstamo por depósito bancario en la misma cuenta.
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