El Banco Central del Uruguay (BCU) comunicó una prórroga de casi un mes para la recepción de comentarios sobre el proyecto para modificar la normativa de los seguros de cobertura de saldo deudor, una iniciativa que las aseguradoras y entidades financieras pretender extender el mayor tiempo posible.
La Superintendencia de Servicios Financieros presentó el comunicado de extensión de plazos para recibir comentarios sobre el proyecto de saldo deudor hasta el 30 de este mes. Esta idea, presentada en el año 2019 para comenzar un debate, tuvo varias idas y vueltas debido a las presiones de los sectores que se verían alcanzados con los cambios de este proyecto. En el año 2021, el mismo pasó de estar calificado de alta importancia a media, permitiendo que los tiempos se estiren cada vez más.
¿De qué se tratan las modificaciones que planea el BCU?
Una de ella se relaciona con las intenciones de transparentar el mecanismo de cobro de los seguros de saldo por fallecimiento que los usuarios abonan habitualmente al acceder a un préstamo o por usar una tarjeta de crédito.
Actualmente, en Uruguay las entidades emisoras de tarjetas y las que otorgan préstamos exigen a sus clientes la contratación y pago de un seguro que se suma a los costos que mensualmente abona por el producto financiero al que accedió.
Ese seguro no es contratado de forma directa por el usuario, sino que las propias entidades financieras lo tienen incorporado en sus servicios tras acuerdos directos con las aseguradoras.
Sobre estos dos puntos centrales, que forman parte de la llamada tasa de interés implícita, es que el Banco Central desea avanzar en sus modificaciones.
El proyecto del BCU establece que las sumas reintegradas por las empresas aseguradoras a las instituciones prestamistas beneficiarias de seguros de vida de saldo deudor no podrán ser excluidas del cálculo de tasa implícita. Actualmente existen retrocesiones por comisión y gastos administrativos, entre otros.
Además, la entidad monetaria planea reducir de las 6.000 Unidades Indexadas actuales sobre saldo adeudado a 2.000 la cifra máxima de la prima mensual que es posible excluir del cálculo de la tasa implícita.
De acuerdo a estudios realizados por el BCU, se comprobó que el monto cubre las partidas netas cobradas por la mayoría de las empresas aseguradoras. Es decir que, al día de hoy, hay casi un 67% de sobrecosto en la prima.
El otro cambio significativo que plantea el BCU tiene que ver con romper con la opacidad del acuerdo entre aseguradoras y entidades prestamistas ya que éstas últimas estarán obligadas a informar a los clientes todas las condiciones del seguro de saldo deudor que le exige pagar.
Al momento de solicitar un préstamo o una tarjeta de crédito, el usuario financiero deberá conocer:
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Nombre de la empresa aseguradora contratada para otorgar la cobertura de seguros.
- La prima abonada desglosada en sus componentes, distinguiendo lo que efectivamente percibe la empresa aseguradora de lo que se le reintegra a la institución que otorga el crédito.
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Alcance de la cobertura de seguros. En particular, se deberá aclarar si la misma abarca la totalidad de lo adeudado a la fecha de fallecimiento del deudor, incluyendo los créditos a vencer.
- Detalle de cómo se calculará el monto del seguro a pagar. Cuando la prima se abona en forma mensual, se deberá detallar si el porcentaje de prima pactado se aplicará a la totalidad de lo adeudado, incluidos los créditos a vencer.
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