23 de septiembre 2025 - 14:05

Quiénes pueden acceder a la jubilación parcial flexible del BPS

Cómo pueden gestionar el trámite los beneficiarios que cobren esta prestación que ofrece el Banco de Previsión Social.

Cómo funciona esta prestación del BPS.

Cómo funciona esta prestación del BPS.

El Banco de Previsión Social (BPS) es el departamento de finanzas de la seguridad social en Uruguay, que se encarga de asegurar los pagos de diversas prestaciones a grupos sociales.

Dentro de sus beneficios, el organismo previsional otorga la jubilación parcial flexible, destinada a los trabajadores dependientes que configuren causal normal, anticipada por el desempeño de puestos de trabajo particularmente exigentes detallados en la normativa o por regímenes anteriores.

En ese sentido, se cobra una cuota parte de la jubilación total que le correspondería, que será equivalente al porcentaje en que se reduce la remuneración por la actividad. Es decir, si reduce la remuneración en un 40 %, percibirá el 40 % del monto de la jubilación. Asimismo, en el caso de jubilaciones por Regímenes Jubilatorios Anteriores, no se realizará el ajuste al valor mínimo de la jubilación.

Jubilados Trabajando BPS

Quiénes pueden acceder a la jubilación parcial flexible

Este beneficio está disponible para todos los afiliados activos dependientes que soliciten amparo. Sin embargo, aquellos que busquen acceder deberán reunir las siguientes condiciones:

  • Configurar causal de jubilación, excepto incompatibilidades.
  • Acordar con el empleador seguir desempeñando actividades como dependientes, con una reducción de entre una tercera parte y la mitad de la carga horaria semanal o mensual y de la remuneración.

Asimismo, esta prestación presenta las siguientes incompatibilidades:

  • Jubilación por imposibilidad física para todo trabajo o Subsidio transitorio por incapacidad parcial.
  • Jubilación en base a años de trabajo bonificados con actividad de la misma naturaleza, salvo docentes.
  • Jubilación anticipada por extensa carrera laboral.
  • Con actividad no dependiente o afiliación notarial o profesional.

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