El Banco de Previsión Social (BPS) es el departamento de finanzas de la seguridad social en Uruguay, que se encarga de asegurar los pagos de diversas prestaciones a grupos sociales.
Quiénes pueden acceder a la contribución para lentes comunes del BPS
Cómo pueden gestionar el trámite los beneficiarios que cobren esta prestación que ofrece el Banco de Previsión Social.
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Cuáles son los beneficiarios que pueden contar con esta prestación.
Dentro de sus beneficios para sus jubilados y pensionistas, el organismo previsional cuenta con contribución para lentes comunes, una prestación económica para aquellos beneficiarios que, según prescripción médica, necesitan lentes de cristales, ya sean de cerca, de lejos, bifocales o multifocales.
Este beneficio se podrá renovar a partir de los dos años de la solicitud anterior, o de manera anticipada cuando la graduación varíe al menos un 15%. Las causales de robo, rotura o extravío no son motivos válidos para solicitar una autorización antes del plazo de renovación. Por otra parte, el monto varía según el tipo de producto; armazón, $575; lentes de cerca, $1.379; lentes de lejos, $1.379; lentes bifocales, $2.759; lentes multifocales, $4.138.
Quiénes pueden acceder a la contribución para lentes comunes
- Trabajadores dependientes del sector privado (industria y comercio, construcción, trabajo doméstico, rurales). Quedan excluidos los trabajadores en régimen de Jornales solidarios (VF 133).
- Quienes estén amparados al Subsidio por desempleo, por enfermedad, por maternidad o perciban el complemento por indemnización del Banco de Seguros del Estado. Quedan excluidos los trabajadores en régimen de Jornales solidarios (VF 133).
- Trabajadores independientes: monotributistas (con y sin cobertura mutual); patrones unipersonales de industria y comercio o rurales, con hasta cinco dependientes; cónyuges colaboradores con hasta cinco dependientes, con opción de cobertura mutual.
- Representantes legales de Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS) (VF 124), administradores SAS (VF 120) y directores con remuneración SAS (VF 121).
- Trabajadores del Ministerio de Transporte y Obras Públicas con vínculo funcional 53 (cualquier seguro de salud).
- Docentes de la Escuela y liceo Elbio Fernández.
- Funcionarios del sector público con aportación civil. Según las condiciones de acceso y cobertura que rigen en los convenios vigentes.
- Trabajadores del programa Accesos.
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