19 de septiembre 2025 - 12:38

Quiénes pueden acceder a la contribución para lentes comunes del BPS

Cómo pueden gestionar el trámite los beneficiarios que cobren esta prestación que ofrece el Banco de Previsión Social.

Cuáles son los beneficiarios que pueden contar con esta prestación.

Cuáles son los beneficiarios que pueden contar con esta prestación.

El Banco de Previsión Social (BPS) es el departamento de finanzas de la seguridad social en Uruguay, que se encarga de asegurar los pagos de diversas prestaciones a grupos sociales.

Dentro de sus beneficios para sus jubilados y pensionistas, el organismo previsional cuenta con contribución para lentes comunes, una prestación económica para aquellos beneficiarios que, según prescripción médica, necesitan lentes de cristales, ya sean de cerca, de lejos, bifocales o multifocales.

Este beneficio se podrá renovar a partir de los dos años de la solicitud anterior, o de manera anticipada cuando la graduación varíe al menos un 15%. Las causales de robo, rotura o extravío no son motivos válidos para solicitar una autorización antes del plazo de renovación. Por otra parte, el monto varía según el tipo de producto; armazón, $575; lentes de cerca, $1.379; lentes de lejos, $1.379; lentes bifocales, $2.759; lentes multifocales, $4.138.

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Quiénes pueden acceder a la contribución para lentes comunes

  • Trabajadores dependientes del sector privado (industria y comercio, construcción, trabajo doméstico, rurales). Quedan excluidos los trabajadores en régimen de Jornales solidarios (VF 133).
  • Quienes estén amparados al Subsidio por desempleo, por enfermedad, por maternidad o perciban el complemento por indemnización del Banco de Seguros del Estado. Quedan excluidos los trabajadores en régimen de Jornales solidarios (VF 133).
  • Trabajadores independientes: monotributistas (con y sin cobertura mutual); patrones unipersonales de industria y comercio o rurales, con hasta cinco dependientes; cónyuges colaboradores con hasta cinco dependientes, con opción de cobertura mutual.
  • Representantes legales de Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS) (VF 124), administradores SAS (VF 120) y directores con remuneración SAS (VF 121).
  • Trabajadores del Ministerio de Transporte y Obras Públicas con vínculo funcional 53 (cualquier seguro de salud).
  • Docentes de la Escuela y liceo Elbio Fernández.
  • Funcionarios del sector público con aportación civil. Según las condiciones de acceso y cobertura que rigen en los convenios vigentes.
  • Trabajadores del programa Accesos.

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